Edicto
El Juzgado de lo Mercantil n.º 6 de Madrid, anuncia:
Que en el procedimiento concursal número 1022/2010 referente al concursado D. Juan Magán Mendoza, por auto de fecha 21 de septiembre de 2012 se ha acordado lo siguiente:
1.-Dejar sin efecto la fase de convenio acordada por auto de 17 de abril de 2012, por falta de quórum en la constitución.
2.-Dejar sin efecto, consecuentemente, el señalamiento de la Junta de acreedores para el día 20 de septiembre de 2012.
3.-Abrir, de oficio, la fase de liquidación, conforme a lo ordenado en los artículos 114.3 y 143.1.º de la LC.
4.-Acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.
Madrid, 21 de septiembre de 2012.- El Secretario Judicial.
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