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Documento BOE-B-2012-32558

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 235, de 29 de septiembre de 2012, páginas 44453 a 44453 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-32558

TEXTO

Doña Natalia Ramos Lain, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 3, de Barcelona.

Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 345/2012, en el que se ha dictado auto declarando en estado de concurso a la entidad Enrique Gabarro Boronat y ordenando darle publicidad con los siguientes datos:

Número de asunto.-Concurso voluntario 345/2012 Sección C4.

NIG del procedimiento.-0801947120128002322.

Entidad concursada.-Enrique Gabarro Boronat, con CIF n.º 37393531Q.

Tipo de concurso.-Voluntario.

Fecha del auto de declaración.-04/06/2012.

Administrador/es concursal/es.-Don Fermín Arias Martínez (Abogado), como administrador concursal único, con correo electrónico info@admicoconcursal.com.

Facultades del concursado.-Intervenidas.

Forma de personación.-Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.

Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al art. 85 LC.- Los acreedores de la concursada deberán ponerlos en conocimiento de la Administración concursal, en el domicilio designado al efecto o remitirlos a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la Administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.

El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.

Examen de los autos.-Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes en que consten sus respectivos créditos, o bien hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto, sin necesidad de personarse.

Dado en Barcelona a, 13 de septiembre de 2012.- La Secretaria judicial.

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