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Documento BOE-B-2012-30999

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 225, de 18 de septiembre de 2012, páginas 42428 a 42428 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-30999

TEXTO

Edicto dando publicidad a la declaración de concurso

Julia Zapatero García, Secretaria Judicial del Juzgado Mercantil n.º 10 de Barcelona, dicto el presente edicto:

Juzgado: Mercantil núm. 10 de Barcelona, Gran Via de les Corts Catalanes, n.º 111, edificio C, planta 13, de Barcelona.

Número de asunto: Concurso necesario núm. 492/2012-A.

Tipo de concurso: Concurso necesario abreviado.

Entidad concursada: Bordesamir, S.L., CIF B58463241C, con domicilio en Paseo de la Ribera, Port D' Aiguadolç 1-20, 08870 Sitges.

Fecha del Auto de Declaración: 16 de julio de 2012.

Administradores Concursales: Compas Concursal, S.C.P., que ha designado a Jordi Safons Vilanova con domicilio en C/ Nápols, 217, entresuelo, 4.ª ( Barcelona), y téléfono n.º 934447551 y en calidad de abogado y dirección electrónica info@compasconcursal.com.

Facultades del concursado: Intervenidas.

Llamamiento a los acreedores: Los acreedores de la mercantil declarada en concurso deberán poner en conocimiento de la Administración Concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes señaladas, la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde la publicación del presente en el Boletín Oficial del Estado. La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, interesado o representante, expresando nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, concepto y cuantía, fecha de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretende. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la Administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes, produciendo plenos efectos las que se remitan al domicilio o a la dirección indicados.

En Barcelona, 18 de julio de 2012.- La Secretaria Judicial.

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