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Documento BOE-B-2012-30067

Anuncio de la notaría de Salvador Jacobo García Castrillo sobre subasta notarial.

Publicado en:
«BOE» núm. 216, de 7 de septiembre de 2012, páginas 41057 a 41057 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - A. Anuncios de licitaciones públicas y adjudicaciones
Departamento:
Otros Poderes Adjudicadores
Referencia:
BOE-B-2012-30067

TEXTO

Yo, Salvador Jacobo García Castrillo, Notario del Ilustre Colegio de Cataluña, con despacho en Santa Coloma de Gramenet, avenida Santa Coloma, número 2, 1.º, 3.ª,

Hago saber: Que ante mí se tramita procedimiento extrajudicial de ejecución hipotecaria, número de expediente 4/2012, de la siguiente finca:

Urbana. Número seis. Vivienda puerta uno del piso primero de la casa señalada con los números veintiséis y veintiocho de la calle Bruch de Santa Coloma de Gramenet, con recibidor, comedor-estar, tres dormitorios, cocina, aseo y lavadero y cincuenta y ocho metros cuadrados útiles, más un balcón. Linda: Norte, caja de escalera por donde tiene su entrada, patio interior de luces y vivienda puerta cuatro de la misma planta; Sur, de José Paredes; Este, vivienda puerta dos de la misma planta; y Oeste, patio posterior del edificio.

Coeficiente: 5,11%.

Inscripción: Inscrita en el Registro de la Propiedad número 2 de Santa Coloma de Gramenet, al tomo 742, libro 621, folio 195, finca número 4475.

Y que procediendo la subasta de dicha finca, ésta se llevará a cabo bajo las siguientes condiciones:

1. Se señala la subasta para el día dieciocho de octubre de dos mil doce, a las diez horas.

2. La subasta se celebrará en la notaría arriba indicada.

3. El tipo para la subasta es de doscientos setenta y dos mil doscientos treinta y ocho euros con cincuenta y seis céntimos (272.238,56 €).

4. La documentación y la certificación registral pueden consultarse en la Notaría; se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación. Las cargas, gravámenes y asientos anteriores a la hipoteca que se ejecuta continuarán subsistentes.

5. La ejecución extrajudicial de la finca hipotecada se someterá a lo previsto en el artículo 12 del Real Decreto-Ley 6/2012, de 9 de marzo, de Medidas Urgentes de Protección de deudores hipotecarios sin recursos, por ser dicha finca la vivienda habitual de la parte deudora.

Santa Coloma de Gramenet, 29 de agosto de 2012.- Salvador Jacobo García Castrillo, Notario.

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