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Documento BOE-B-2012-29796

LOS LLANOS DE ARIDANE

Publicado en:
«BOE» núm. 212, de 3 de septiembre de 2012, páginas 40682 a 40682 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2012-29796

TEXTO

Edicto

Cédula de notificación

En el procedimiento de divorcio n.º 768/2010 se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

Fallo: Estimando íntegramente la demanda interpuesta por la Procuradora de los Tribunales María Isabel González Deniz en nombre y representación de D.ª Carmen Hirma García Hernández, declaro disuelto por causa de divorcio el matrimonio formado por D.ª Carmen García Hernández y D. Luis Landaeta Piña celebrado el 10 de abril de 1987 en el municipio urbano de Naguanagua perteneciente al municipio autónomo de Valencia, Estado de Carabobo en Venezuela, con los efectos inherentes a tal pronunciamiento.

Costas de oficio.

Notifíquese al demandado rebelde, en paradero desconocido, mediante su publicación en el Boletín Oficial del Estado, haciéndose entrega a la parte actora del edicto para su diligenciado.

Modo de impugnación: Mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife (artículo 455 LEC).

El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 LEC).

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y como consecuencia del ignorado paradero de D. Luis Landaeta Piña, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

Los Llanos de Aridane, 22 de diciembre de 2011.- La Secretaria Judicial.

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