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Documento BOE-B-2012-29655

Anuncio de subasta extrajudicial de la Notaría de don Luis Barriga Fernández.

Publicado en:
«BOE» núm. 208, de 30 de agosto de 2012, páginas 40471 a 40472 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - A. Anuncios de licitaciones públicas y adjudicaciones
Departamento:
Otros Poderes Adjudicadores
Referencia:
BOE-B-2012-29655

TEXTO

Yo, Luis Barriga Fernández, Notario del Ilustre Colegio de Andalucía, con residencia en Mairena del Aljarafe,

Hago saber: Que en mi Notaría, sita en la Avenida de los Descubrimientos, s/n, Rotonda Principal de Ciudad Expo, Circuito 2, Módulo 39, se tramita venta extrajudicial conforme al art. 129 de la Ley Hipotecaria de la siguiente finca que es propiedad de don Guillermo Ortega Beas y doña Rosario Fernández Núñez, siendo el domicilio habitual de ambos deudores:

Urbana: Número seis. Piso izquierda en planta tercera, de la casa en Mairena del Aljarafe, calle Castellón de la Plana, número dos.

Tiene una superficie construida de sesenta y nueve metros diez decímetros cuadrados. Consta de salón-comedor, tres dormitorios, cocina y cuarto de baño. Linda, mirando desde la calle de su situación, a la fachada de la casa; por la derecha, con el piso derecha de la misma planta y casa; por la izquierda, con la casa número cuatro de la calle Castellón de la Plana; y por el fondo, con finca propiedad de don Jacinto Vázquez Román. Cuota: 10%. Inscripción: En el Registro de la Propiedad número 7 de los de Sevilla, al tomo 875, libro 489 de Mairena del Aljarafe, folio 139, finca número 5.830, inscripción 9.ª

Y que procediendo la subasta de dicha finca y por tratarse de vivienda habitual de la parte deudora, ésta se llevará a cabo bajo las siguientes condiciones:

1. Se celebrará una única subasta, el día 18 de octubre de 2012, a las 9,30 horas, para la que servirá de tipo la cantidad de ciento treinta y cuatro mil novecientos sesenta y ocho euros y ochenta y ocho céntimos (134.968,88 euros). No obstante, si se presentaran posturas por un importe igual o superior al 70 por cien del valor del tipo indicado, se entenderá adjudicada la finca a quien presente la mejor postura.

2. Cuando la mejor postura presentada fuera inferior al 70 por cien del tipo señalado para la subasta, podrá el deudor presentar, en el plazo de diez días, tercero que mejore la postura, ofreciendo cantidad superior al 70 por cien del valor de tasación o que, aun inferior a dicho importe, resulte suficiente para lograr la completa satisfacción del derecho del ejecutante.

3. Transcurrido el expresado plazo sin que el deudor del bien realice lo previsto en el párrafo anterior, el acreedor podrá pedir, dentro del término de cinco días, la adjudicación de la finca o fincas por importe igual o superior al 60 por cien del valor de tasación.

4. Si el acreedor no hiciese uso de la mencionada facultad, se entenderá adjudicada la finca a quien haya presentado la mejor postura, siempre que la cantidad que haya ofrecido supere el 50 por cien del valor de tasación o, siendo inferior, cubra, al menos, la cantidad reclamada por todos los conceptos.

5. Si en el acto de la subasta no hubiere ningún postor, podrá el acreedor, en el plazo de veinte días, pedir la adjudicación por importe igual o superior al 60 por cien del valor de tasación.

6. Si el acreedor no hiciere uso de la facultad a que se refiere el párrafo anterior, se estará a lo previsto en el artículo 236. n. del Reglamento Hipotecario.

7. La subasta se celebrará en mi notaría sita en Mairena del Aljarafe (Sevilla), en la Avenida de los Descubrimientos, s/n, Rotonda Principal de Ciudad Expo, Circuito 2, Módulo 39.

8. La documentación y la certificación del Registro a que se refieren los artículos 236. a. y 236. b. del Reglamento Hipotecario y las normas del Decreto-ley 6/2012, de 9 de marzo pueden consultarse en la Notaría; se entenderá que todo licitador acepta cómo bastante la titulación; las cargas, gravámenes y asientos anteriores a la hipoteca que se ejecute continuarán subsistentes.

9. Los postores para tomar parte en la subasta deberán consignar en la notaría, previamente a la subasta, una cantidad equivalente el 30% del tipo correspondiente.

Desde el anuncio de la subasta hasta su celebración, podrán hacerse posturas por escrito en sobre cerrado, acompañando el justificante del depósito previo.

10. Sólo la adjudicación a favor del ejecutante o el remate a favor del mismo o de un acreedor posterior podrá hacerse a calidad de ceder a un tercero.

Mairena del Aljarafe (Sevilla), 27 de agosto de 2012.- El Notario.

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