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Documento BOE-B-2012-29405

Resolución de la Agencia Española de Protección de Datos por la que se procede a la publicación oficial del acuerdo de audiencia previa, ante la imposibilidad de notificación en domicilio.

Publicado en:
«BOE» núm. 204, de 25 de agosto de 2012, páginas 40054 a 40054 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Agencia Española de Protección de Datos
Referencia:
BOE-B-2012-29405

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5, 60.2 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común (LRJPAC), y para que sirva de notificación a los interesados, ante el resultado negativo de dos intentos en los domicilios señalados por los mismos, se hace público que por el Director de la Agencia Española de Protección de Datos se han dictado las Resoluciones que se señalan a continuación.

Los denunciados y denunciantes, o sus representantes podrán solicitar, acreditando su identidad, una copia de la Resolución correspondiente, compareciendo de lunes a viernes de 9:00 a 15:00 horas, en el Registro de la sede de la Agencia Española de Protección de Datos, calle Jorge Juan, 6, 28001 Madrid, o contactando a través de ciudadano@agpd.es, en el plazo máximo de 7 días hábiles, contados desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio.

Si transcurrido dicho plazo no se hubiera comparecido la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazo señalado para comparecer.

En el marco de lo dispuesto en el artículo 127 del Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la LOPD, se ha dictado acuerdo de audiencia previa del procedimiento sancionador identificado a continuación.

DENUNCIADO

N.º EXPEDIENTE

NOMBRE

IDENTIFICACIÓN

A/00207/2012

ELIXIR DE CHUECA, S.L.

(BAR COME ME TODO)

B-85662633

Conforme a lo establecido en el artículo 107 LRJPAC contra el presente acto no cabe recurso administrativo.

Madrid, 21 de agosto de 2010.- La Secretaria General de la Agencia Española de Protección de Datos, doña María José Blanco Antón, de conformidad con lo establecido en el art. 30 apartado b) del Real Decreto 428/1993, de 26 de marzo por el que se aprueba el Estatuto de la Agencia Española de Protección de Datos. P.A. El Jefe de Área de Informática, don Jesús Ángel Mayor Sánchez.

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