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Documento BOE-B-2012-28947

Edicto de la notaría de doña María Esperanza López Espejo, sobre la venta extrajudicial de dos fincas urbanas.

Publicado en:
«BOE» núm. 197, de 17 de agosto de 2012, páginas 39294 a 39295 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - A. Anuncios de licitaciones públicas y adjudicaciones
Departamento:
Otros Poderes Adjudicadores
Referencia:
BOE-B-2012-28947

TEXTO

María Esperanza López Espejo, Notario del Ilustre Colegio Oficial de Valencia con residencia en Pilar de la Horadada,

Hago constar: Que en esta notaría, sita en Avenida Camilo José Cela, n.º 20, bajo, se lleva a cabo venta extrajudicial, a instancia de "Banco Santander, S.A.", antes Banco de Santander Central Hispano, S.A., conforme el art. 129 de la Ley Hipotecaria, de las siguientes fincas sitas en Pilar de la Horadada, Calle Calvo Sotelo, n.º 3:

1.- Urbana: Número dieciséis.-Vivienda unifamiliar tipo B, en planta primera en altura.-En término municipal de Pilar de la Horadada (Alicante), en edificación situada en Calle Calvo Sotelo, con acceso a través de zonas comunes y por vestíbulo de independencia que parte de la citada calle, caja de escaleras y ascensor.

Tiene una superficie útil de noventa y dos metros, treinta y dos decímetros cuadrados, y superficie construida de ciento ocho metros, cuarenta decímetros cuadrados, e incluida su parte proporcional en elementos comunes de ciento veinte metros, ochenta y siete decímetros cuadrados.

Se distribuye en diversas dependencias y servicios y sus accesorios.

Además dispone de dos patios descubiertos de cuatro metros con cincuenta decímetros cuadrados (4,50 m²) cada uno de ellos.

Linda, según se accede a la misma a través de las zonas comunes: frente, zonas comunes; derecha entrando, patio de luces y vivienda tipo A de su misma planta; izquierda, patio de luces y vivienda tipo C de su misma planta; y fondo, Calle Calvo Sotelo, en vuelo.

Cuota.-Tiene asignada una cuota de participación del siete con cero cinco por ciento (7,05%) en los elementos comunes y gastos generales de la edificación.

Inscripción.-Inscrita en el Registro de la Propiedad de Pilar de la Horadada, en el tomo 1.921, libro 363, folio 8, finca n.º 25.693.

2.- Urbana: Número Ocho.-Plaza de Garaje número 8 en planta semisótano, con trastero.

En término municipal de Pilar de la Horadada (Alicante), con acceso rodado a través de rampa que parte de la Calle Calvo Sotelo, y acceso peatonal a través de zaguán y caja de escaleras que parte de dicha calle.

Tiene una superficie útil y construida de trece metros, setenta y un decímetros cuadrados.

Dispone de un cuarto trastero identificado con el Número Cuatro al que se accede desde el propio garaje, que tiene una superficie útil de cuatro metros, cuarenta decímetros cuadrados, y superficie construida de cuatro metros, ochenta y tres decímetros cuadrados.

Linda, según se accede al mismo a través de la zona común de acceso y maniobra: al frente, zona común de acceso y maniobra, y trastero 5; derecha entrando, trastero nº 69; izquierda, caja de esclareas y trastero 5; y fondo, zona común de acceso y maniobra.

Cuota.- Tiene asignada una cuota de participación del uno con treinta y ocho por ciento (1,38%) en los elementos comunes y gastos generales de la edificación.

Inscripción.- Inscrita en el Registro de la Propiedad de Pilar de la Horadada, en el tomo 1.918, libro 360, folio 215, finca n.º 25.677.

Se señala la única subasta para el día veintisiete de septiembre de dos mil doce, a las once horas, siendo el tipo base el de doscientos cuarenta y cinco mil ochocientos noventa y siete euros con veinte céntimos (245.897,20 €) para la finca registral n.º 25.693 y diecinueve mil euros (19.000,00 €) para la finca registral nº 25.677.

La subasta se celebrará en las dependencias de la notaría a mi cargo, sita en Pilar de la Horadada, Alicante, Avenida Camilo José Cela, n.º 20.

La documentación y certificación del Registro a que se refieren los artículos 236 a) y 236 b) del Reglamento Hipotecario pueden consultarse en la Notaría, de lunes a viernes, de diez a catorce horas. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación. Las cargas, gravámenes y asientos anteriores a la hipoteca que se ejecute continuaran subsistentes.

Los licitadores deberán consignar previamente a la subasta en la Notaría una cantidad equivalente al treinta por ciento del tipo.

Podrán hacerse posturas por escrito en pliego cerrado, acompañando el justificante del depósito previo hasta el momento de la subasta.

Solo la adjudicación a favor del acreedor requirente o el remate a favor del mismo o de un acreedor posterior podrá hacerse a calidad de ceder a un tercero.

La subasta se efectuara en la forma en que determina el y se regirá por lo dispuesto en el artículo 12 del Real Decreto-Ley 6/ 2012, de 9 de marzo, de medidas urgentes de protección de deudores hipotecarios, y en lo que no fuera incompatible por el artículo 236 del Reglamento Hipotecario.

Pilar de la Horadada, 1 de agosto de 2012.- La Notario.

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