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Documento BOE-B-2012-28440

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 192, de 11 de agosto de 2012, páginas 38566 a 38566 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-28440

TEXTO

Edicto.

Secretario Judicial don José Vela Pérez, del Juzgado Mercantil número 6 de Barcelona,

Hace saber: Que en los autos que se siguen en este Juzgado con el número 518/2012 se ha declarado, mediante auto de fecha 24/07/2012, el concurso voluntario de GLE Barcelona Consultoría Logística, S.L., con N.I.F. B-65.197.733 y domicilio en Santa Perpetua de la Mógoda, Polígono Industrial Les Minetes, Parcela 1, Nave 1, CIM Valles, en el que se ha decretado el mantenimiento de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, que se tramitará por los cauces del concurso abreviado.

Los acreedores del concursado deberán comunicar sus créditos al administrador concursal designado don Mariano Hernández Montes, Abogado, por medio de escrito que se presentará, personalmente, por vía postal en el domicilio del administrador concursal, sito en Barcelona, calle Balmes, n.° 188, 4.º, 1.º A, número de teléfono 93.238.67.39, o en la dirección electrónica designada por el administrador concursal gleconsultorialogistica@mmabogados.org, en el plazo de un mes, a contar desde la publicación en el B.O.E. del presente edicto.

El escrito deberá ir firmado por el acreedor, interesado o representante, expresando domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, concepto y cuantía, fecha de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretende. Si se invocare un privilegio especial se indicarán, además, los bienes y derechos a que afecte y, en su caso, los datos regístrales. Se deberán acompañar originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito, o bien copia en forma electrónica caso de que se haya optado por este medio de comunicación. Los acreedores tienen derecho a comparecer y personarse en las actuaciones, designando abogado y procurador que les defienda y represente, salvo que pretendan exclusivamente comunicar sus créditos o asistir a juntas, debiendo efectuar en su caso la personación en el Servicio Común de los Juzgados Mercantiles.

Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en el Registro Publico Concursal.

En Barcelona, 24 de julio de 2012.- El Secretario Judicial.

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