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Documento BOE-B-2012-28425

GRANADA

Publicado en:
«BOE» núm. 192, de 11 de agosto de 2012, páginas 38551 a 38551 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2012-28425

TEXTO

Edicto-cédula de notificación

En el procedimiento ordinario 1018/2010 seguido en el Juzgado de Primera Instancia número 13 de Granada, a instancia de Fce Bank Plc sucursal en España contra doña Inmaculada Concepción Ibáñez Antequera y don Gustavo José Fernández Carbajal, sobre reclamación de cantidad - monitorio 2022/08-, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

Sentencia núm. 59/2012.

En Granada, a 29 de marzo de 2012.

Vistos por mí, Borja Arangüena Pazos, Magistrado-Juez titular del Juzgado de Primera Instancia número 13 de Granada y su partido, los presentes autos de juicio ordinario núm. 1018/10, promovido a instancia de la mercantil Fc bank plc sucursal en España, representada por la Procuradora de los Tribunales doña María Isabel Lizana Jiménez contra doña Inmaculada Concepción Ibáñez Antequera, representada por la Procuradora de los Tribunales doña María África Valenzuela Pérez, y contra don Gustavo José Fernández Carbajal, en situación de rebeldía procesal, en virtud de las facultades que me han sido dadas por la constitución, dicto la siguiente sentencia. (...)

Fallo

Que estimando la demanda deducida a instancia de la mercantil Fc bank plc sucursal en España representada por la Procuradora de los Tribunales doña María Isabel Lizana Jiménez contra doña Inmaculada Concepción Ibáñez Antequera, representada por la Procuradora de los Tribunales doña María África Valenzuela Pérez, y contra don Gustavo José Fernández Carvajal, debo condenar y condeno a la demandada a que abone la cantidad de 11.552,87 euros, más los intereses legales desde la interpelación judicial y al abono de las costas causadas.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación ante la llma. Audiencia Provincial de Granada (art. 455 LEC). El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (art. 457.2 LEC).

Para la admisión del recurso deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 50 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado n.° 1053, indicando en las observaciones del documento de ingreso que se trata de un recurso seguido del código 00 y tipo concreto del recurso, de conformidad con lo establecido en la LO 1/2009, de 3 de noviembre, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en el apartado 5.° de la disposición adicional decimoquinta de dicha norma o beneficiarios de asistencia jurídica gratuita.

Así, por esta mi sentencia, la pronuncio, mando y firmo, de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado don Gustavo José Fernández Carbajal, extiendo y firmo la presente.

En Granada, 9 de mayo de 2012.-

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