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Documento BOE-B-2012-27735

MADRID

Publicado en:
«BOE» núm. 187, de 6 de agosto de 2012, páginas 37537 a 37537 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-27735

TEXTO

Edicto.

Don Mariano Rodríguez Trotonda, Secretario del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia:

Que en el procedimiento concursal número 631/2009 referente a la concursada Miniclinic Centros Médicos, S.L., con C.I.F.: B85098184 se ha dictado auto de fecha nueve de julio de 2012 por el Magistrado-Juez, don Antonio Pedreira González en el que se ha acordado lo siguiente:

1. Acordar la Conclusión del presente concurso por insuficiencia de la masa activa para satisfacer los créditos contra la masa, así como el Archivo de las actuaciones, con todos los efectos que son su legal y necesaria consecuencia.

2. Declarar Aprobadas las Cuentas rendidas por la administración concursal.

3. En particular, Acordar la producción de los siguientes efectos:

Cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición de la concursada subsistentes.

Extinción de la entidad Miniclinic Centros Médicos, S.L. (Sociedad unipersonal), disponiendo la Cancelación de su inscripción en el Registro Mercantil y demás registros públicos que corresponda.

El presente Auto se notificará mediante comunicación personal que acredite su recibo o por los medios a que se refiere el primer párrafo del artículo 23.1 de la LC y se dará al mismo la publicidad prevista en el segundo párrafo de dicho precepto y en el artículo 24 de la propia LC (artículo 177.3 de la LC).

A efectos de la cancelación de la inscripción, expídanse oportunos mandamientos conteniendo testimonio de la resolución firme (artículo 178.3 de la LC).

Madrid, 11 de julio de 2012.- Secretaria Judicial.

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