Edicto
El Juzgado de lo Mercantil de Córdoba anuncia:
Que el procedimiento concursal número 227/2009 referente al concursado Germán Comino Morales, con DNI número 50.607.887-K, por auto de fecha 14/5/12 se ha acordado lo siguiente:
1. Dejar sin efecto la fase de convenio acordada por auto de 11/3/11, por no haberse presentado ninguna propuesta.
2. Abrir, de oficio, la fase de liquidación, conforme a lo ordenado en los artículos 114.3 y 143.1.º de la LC.
3. la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.
4. Expedir mandamientos a los correspondientes registros, para la anotación, en la inscripción correspondiente al concursado, de la apertura de la fase de liquidación del concurso, de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.
5. Proceder a la formación de la sección sexta de calificación del concurso. Dentro de los diez días siguientes a la última publicación de este auto, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo podrá personarse en la sección alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.
Córdoba, 11 de julio de 2012.- La Secretaria Judicial.
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