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Documento BOE-B-2012-26462

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 180, de 28 de julio de 2012, páginas 35687 a 35687 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-26462

TEXTO

Don José Vela Pérez, Secretario Judicial del Juzgado Mercantil número 6 de Barcelona,

Hace saber: Que en los autos que se siguen en este Juzgado con el número 484/2012 se ha declarado, mediante auto de fecha 6/07/2012, el concurso voluntario de Servitel Consulting, S.L. con NIF B-61966446, y domicilio en Sant Cugat del Valles, carretera de Rubí, n.º 40-50, 4.º 2.ª, en el que se ha decretado la suspensión de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, que se tramitará por los cauces del concurso abreviado.

Los acreedores del concursado deberán comunicar sus créditos al administrador concursal designado don Ferran Gispert Román, Abogado, por medio de escrito que se presentará, personalmente, por vía postal en el domicilio del administrador concursal, sito en Barcelona, calle Muntaner, n.º 354, 3.º 2.ª, n.º de teléfono 93.323.10.70, o en la dirección electrónica designada por el administrador concursal ferrangispert@icab.es en el plazo de un mes, a contar desde la publicación en el BOE del presente edicto.

El escrito deberá ir firmado por el acreedor, interesado o representante, expresando domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, concepto y cuantía, fecha de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretende. Si se invocare un privilegio especial se indicarán, además, los bienes y derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. Se deberán acompañar originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito, o bien copia en forma electrónica caso de que se haya optado por este medio de comunicación. Los acreedores tienen derecho a comparecer y personarse en las actuaciones, designando Abogado y Procurador que les defienda y represente, salvo que pretendan exclusivamente comunicar sus créditos o asistir a juntas, debiendo efectuar en su caso la personación en el Servicio Común de los Juzgados Mercantiles.

Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en el Registro Público Concursal.

Barcelona, 6 de julio de 2012.- El Secretario Judicial.

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