En mi Notaría, sita en Orihuela, avenida José Antonio, número 4, entresuelo, se tramita venta extrajudicial, conforme al artículo 129 de la Ley Hipotecaria, de la siguiente finca hipotecada:
Urbana número 4.- Piso primero B o izquierda entrando a la casa número 5, hoy 3, de la calle de Santa Otilia, de la Ciudad de Orihuela, destinada a vivienda tipo B, que consta de vestíbulo, paso, cocina, dos aseos, comercio, cuatro dormitorios, galería y solana. Tiene una superficie útil de noventa y cuatro metros setenta y seis decímetros cuadrados. Orientada su fachada al sur, linda: por la derecha, entrando, al edificio o levante, el piso primero A, la escalera y patio de luces; por la izquierda, otro edificio de Joaquín Giménez García y don José García Pérez; por la espalda, el patio de luces y el cuerpo segundo, es decir; la casa número 6 de la calle de San Joaquín, y por el frente, su calle.
Inscripción: Registro de la Propiedad de Orihuela número 1, libro 408, tomo 521, folio 42, finca 37.218, inscripción sexta.
Título.- Le pertenece a doña Juditt Marisol Flores Torres y a don Washington Antonio Solórzano Delgado, por compra, en virtud de escritura autorizada por la Notario de Orihuela doña Ana María Giménez Gómiz, de fecha 5 de diciembre de 2007.
Procediendo la subasta de la finca se hace saber sus condiciones:
Tendrá lugar en mi Notaría la subasta el día 3 de septiembre de 2012, a las diez horas, siendo el tipo base el de 135.679,40; La subasta se regirá por lo dispuesto en el artículo 12 del Real Decreto-Ley 6/2012, de 9 de marzo, de medidas urgentes de protección de deudores hipotecarios, y en lo que no fuera incompatible por el artículo 236 del RH.
La documentación y certificación del Registro a que se refieren los artículos 236.a) y 236.b) del Reglamento Hipotecario pueden consultarse en la Notaria, de lunes a viernes, de nueve a catorce horas. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación aportada. Las cargas, gravámenes y asientos anteriores a la hipoteca que se ejecute continuarán subsistentes. Los licitadores deberán consignar, previamente a la subasta, en la Notaría una cantidad equivalente al 30 por 100 del tipo que corresponde en la subasta, mediante cheque bancario a nombre del Notario. Podrán hacerse posturas por escrito en pliego cerrado, acompañado el justificante del depósito previo, hasta el momento de la subasta. Sólo la adjudicación a favor del acreedor requirente o el remate a favor del mismo o de un acreedor posterior podrá hacerse a calidad de ceder a un tercero.
Orihuela, 18 de julio de 2012.- Jaime Giménez Ballesta, Notario.
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