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Documento BOE-B-2012-25183

MURCIA

Publicado en:
«BOE» núm. 171, de 18 de julio de 2012, páginas 33951 a 33952 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-25183

TEXTO

E D I C T O

D. Pedro Adán Ruiz-Erans Vivancos, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Mercantil n. 1 de Murcia, email: mercantil1.murcia@justicia.es, por el presente, hago saber:

1.º Que en los autos seguidos en este Juzgado con el nº Sección I Declaración concurso 0000184/2012, Nig nº. 30030 47 1 2012/0000247 se ha dictado a instancias del Procurador Sr. Aledo Mondo en representación de Inversiones Ricamar, con CIF nº. B-73082976 y en autos de Concurso Voluntario Ordinario n.º 144/2012 de Urbanilor, S.L. con CIF n.º B-73317778 y domicilio en C/ Pío XII nº. 21B-1.º D 30.800.- Lorca (Murcia) en fecha veintinueve de Junio de dos mi Doce auto de declaración de concurso voluntario ordinario del deudor Inversiones Ricamar, S.L.

Se hace constar que en el mismo auto se ha acordado la declaración de los concursos voluntarios ordinarios Urbanilor, S.L. con CIF n.º B-73317778 habiendo sido registrado con el número de concurso 144/2012; Promocion y Desarrollo del Suelo de Aguilas, S.L. con CIF n.º B-73237141 y registrado bajo el número 154/2012; Nueva Aguilas, S.L. con CIF N.º B-73187817, registrado con el número 174/2012 y Mundo Gestión Inmobiliaria, S.L., con CIF Nº. B-73135634, con número de registro en este Juzgado 144/2012 los que se tramitarán de forma coordinada con el 144/2012, sin consolidación de las masas en virtud de lo dispuesto en el artículo 25 y ss. de la LC.

2.º Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que seguirá ejerciendo el concursado.

3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá comunicarse a la administración concursal que luego se dirá directamente y en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (Art. 184.3 Ley Concursal)

5.º Que ha sido nombrado Administrador Concursal la mercantil Concursalistas del Mediterráneo, S.L.P, con CIF N.º b-73738312, domicilio social en Murcia, C/ José Antonio Hernández del Águila n.º 4. 3.º A 30.002.- Murcia, y teléfono 968222212 Fax 968220754, y email ricamar@concursodeacreedor.es el que ha aceptado el cargo, en fecha 06/07/2012 y en virtud de lo establecido en el artículo 30 de la LC, designa como profesional para su representación a Letrado Don D. Jaime Sánchez Vizcaíno Rodríguez, con mismo domicilio que la sociedad designada y habiendo aceptado dicha designación en fecha 06/07/2012.

Murcia, 6 de julio de 2012.- El Secretario Judicial.

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