Está Vd. en

Documento BOE-B-2012-25170

MADRID

Publicado en:
«BOE» núm. 171, de 18 de julio de 2012, páginas 33935 a 33935 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-25170

TEXTO

Edicto

Doña Josefina Elena Enrech Verde, Secretaria judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 12 de Madrid, por el presente,

Anuncia:

Que en los autos de concurso voluntario ordinario del deudor "B2B Comercia, S.L.U.", con CIF: "A-13.315.452" seguidos en este Juzgado con el n.º 1003/2010 se ha dictado en 3 de julio de 20112, sentencia aprobando convenio, cuyo fallo es como sigue:

Se aprueba con los efectos previstos en la Ley, la propuesta de convenio presentadas en el concurso voluntario n.º 1003/2010 del deudor "B2b Comercia, S.L.U.", que fueron aceptadas por la Junta de acreedores celebrada el día 26 de abril de 2012.

Se acuerda el cese de los efectos de la declaración del concurso sobre las facultades de administración y disposición del deudor.

Cesa la Administración concursal en sus funciones de intervención de las facultades de administración y disposición de la entidad concursada, continuando en el cargo para llevar a cabo las funciones previstas en el capítulo II del título VI. Salvo a los efectos de contestar o informar en Piezas que aún no hayan finalizado.

Se concede a la Administración concursal el plazo de dos meses a contar desde la notificación de esta resolución para que proceda a la rendición de cuentas de su gestión.

Se acuerda la formación de la sección de calificación del concurso, que se encabezará con testimonio de esta resolución y del auto de declaración del concurso en la que será parte la Administración concursal. Hágase constar en el edicto que dentro de los diez días siguientes a la última publicación del mismo, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable

Notifíquese esta sentencia al concursado, a la Administración concursal y a todas las partes personadas en el procedimiento.

Publíquese la sentencia en el "Boletín Oficial del Estado" y en el tablón de anuncios de este Juzgado y líbrese mandamiento al Registro Mercantil y al Registro de la Propiedad para su inscripción.

Llévese testimonio de esta resolución a los autos principales de la Sección primera.

Madrid, 3 de julio de 2012.- La Secretaria judicial.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid