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Documento BOE-B-2012-25160

GIRONA

Publicado en:
«BOE» núm. 171, de 18 de julio de 2012, páginas 33924 a 33925 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-25160

TEXTO

Don José Antonio Marquínez Beitia, Secretario Judicial del Juzgado Mercantil n.º 1 de Girona,

Hago saber: Que en el Concurso Voluntario n.º 732/2011, se ha acordado mediante auto de esta fecha la apertura de la liquidación de oficio, de conformidad con lo prevenido en el art. 143 de la Ley Concursal, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva.

Acuerdo: DECLARAR FINALIZADA la fase comúm del presente procedimiento concursal de la persona física Mustapha Oulad Mahjouba con NIE X-1208475-D y con domicilio en C/ Pasatge Flor, n.º 41, de L'Escala (Girona) y ABRIR la fase de liquidación, formándose la sección quinta, la cual se encabezará con testimonio de esta resolución.

Durante la fase de liquidación quedarán en suspenso las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio, con todos los efectos establecidos en el Titulo III de la Ley Concursal, que sera sustituida por la Administración Concursal para proceder de conformidad con lo establecido en esta Ley.

Anúnciese por edictos la apertura de la fase de liquidación, que se fijarán en el tablón de anuncios de este Juzgado y se publicarán en el Boletín Oficial del Estado.

Siendo la concursada persona física y por tanto sujeto inscribible en el Registro Civil, líbrese oficio al Consulado de Marruecos en Barcelona, a fin de que tomen nota de la presente resolución.

Inscríbase, asimismo, en los Registros correspondientes la apertura de la fase de liquidación, librándose el oportuno mandamiento al Registro de la Propiedad de L'Escala (Girona), haciendose saber el cierre de la fase común y la apertura de la fase de liquidación, la suspensión de las facultades de administración y disposición de la persona física concursada sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos en el Titulo I de la Ley Concursal, que sera sustituida por el Administrador Concursal para proceder de conformidad con lo establecido en esta Ley, y ordenándose la anotación de las anteriores circunstancias en el tomo 2.674, libro 376, folio 177, de la Finca Registral n.º 2.610, ordenandose la práctica de la anotación preventiva en los folios registrales correspondientes, de las circunstancias anteriormente manifestadas.

Entréguese en debida forma al procurador Joan Ros Cornell, los mandamientos y oficios correspondientes para la practica inmediata de las anotaciones acordadas, a fin y efecto de que cuide de su curso y diligenciamiento.

En el plazo de 15 días computados desde la notificación de esta resolución, la administración concursal presentará un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado, conforme a lo dispuesto en el artículo 148 de la Ley Concursal.

Fórmese la Sección sexta de calificación del concurso, que se encabezará con testimonio de esta resolución y del auto de declaración de concurso. Se concede el plazo de DIEZ DIAS, de conformidad con el art. 168 de la L.C. en relación con el art. 191 de la misma, a fin de que cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo pueda personarse en la presente sección alegando por escrito lo que considere relevante para la calificación del concurso.

Modo de impugnación: Mediante recurso de Reposición ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de cinco días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 197.2 de la Ley Concursal y 451, 452 de la LEC).

Así lo manda y firma la Juez sustituta del Juzgado Mercantil 1 Girona; de lo que doy fe.

La Juez sustituta.-El Secretario Judicial.

Y para que sirva de publicidad a los efectos prevenidos en el artículo 144, en relación con los arts. 23 y 24 de la Ley Concursal, expido el presente en

Girona, 25 de junio de 2012.- El Secretario Judicial.

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