Edicto
Doña María Luisa Sánchez Garrido, Secretario/a Judicial de Juzgado de lo Mercantil número 3 de Pontevedra con sede en Vigo, por el presente, hago saber:
Primero.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el número Sección I Declaración Concurso 260/2012 se ha dictado en fecha 3 de julio de 2012 Auto de declaración de Concurso Voluntario y Ordinario del deudor Maderas Iglesias, Sociedad Anónima, con Código de Identificación Fiscal A-36.637.056, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Vigo, en la Carretera de Madrid, Lugar de Puxeiros, s/n.
Segundo.- Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que ejercerá la administración concursal.
Se ha designado, como administración concursal a:
La Sociedad Abac Concursal, Sociedad Limitada Profesional, con Código de Identificación Fiscal número B-27.767.383 y con domicilio social en Vigo, en la Calle Urzáiz, número 38, 1.º D (36201), con dirección de correo electrónico: concursomaderasiglesias@gmail.com
Al tratarse de un concurso de especial transcendencia se nombra además Administrador Concursal, al acreedor Parcaman, Sociedad Limitada, con Código de Identificación Fiscal número B-16.137.622, y con domicilio social en Tarancón, en la Calle Santa Cruz, km. 2,5, en Cuenca, con dirección de correo electrónico: lm.abarca@insesa.es; al figurar en el primer tercio de mayor importe no garantizado de los créditos ordinarios (artículo 27.2.3.º de la Ley Concursal); para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.
Tercero.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.
Cuarto.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artículo 184.3 de la Ley Concursal).
Vigo, 3 de julio de 2012.- El/la Secretario/a Judicial.
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