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Documento BOE-B-2012-2453

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 22, de 26 de enero de 2012, páginas 3243 a 3243 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-2453

TEXTO

Edicto dando publicidad a la Declaración de Concurso

Doña Natalia Ramos Lain, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Barcelona,

Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 802/2011-C2,en el que se ha dictado auto declarando en estado de concurso a la entidad CADEMPOLIS, S.L., y ordenando darle publicidad con los siguientes datos:

Número de Asunto.- Concurso voluntario 802/11 Sección C2.

Nig del Procedimiento.- 4842/11.

Entidad Concursada.-CADEMPOLIS, S.L., con CIF n.º B58590357 y domicilio en C. Aragón, 526, 7.º 1.ª, Barcelona.

Tipo de Concurso.- Voluntario.

Fecha del Auto de Declaración.- 5.01.12.

Administrador/es Concursal/es.- D/doña Sergi Pujol Rueda, con domicilio en C. General Álvarez de Castro, 5, 4t. 2.ª, Barcelona y teléfono núm. 616184811.

Facultades del Concursado.- Suspendidas.

Forma de Personación.- Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.

Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al art. 85 LC.- Los acreedores de la concursada deberán ponerlos en conocimiento de la Administración Concursal, en el domicilio designado al efecto o remitirlos a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la Administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.

El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.

Examen de los Autos.- Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes en que consten sus respectivos créditos, o bien hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto, sin necesidad de personarse.

Barcelona, 11 de enero de 2012.- La Secretaria Judicial.

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