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Documento BOE-B-2012-24350

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 166, de 12 de julio de 2012, páginas 32848 a 32848 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-24350

TEXTO

Edicto dando publicidad a la declaración del concurso.

Francisco Velasco Garcia-Plata, Secretario del Juzgado Mercantil número 5 de Barcelona, dicto el presente edicto.

Juzgado.- Mercantil número 5 de Barcelona, Gran Vía de les Corts Catalanes, número 111, edificio C, duodécima planta.

Número de asunto.- Concurso Voluntario 384/2012-6.

Tipo de concurso.- Voluntario.

Entidad instante del concurso y NIF.- "Arqueociencia Serveis Culturals, S.L., B61558540.

Fecha del auto de declaración.- 20 de junio de 2012.

Administradores concursales.- Don Gonzalo Abril Galan, con NIF 37725657-E, domiciliado en calle Nicaragua, 48, 1.º 4.ª, Barcelona, como economista, con correo electrónico informacio.bcn@acteconsultors.com.

Forma de personación.- Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de abogado y procurador.

Llamamiento a los acreedores: Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la Administración concursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresara el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimientos, características y calificación que se pretenda. Sise invocare un privilegio especial se indicaran además, los bienes oy derechos a que afecte y, en su caso los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañara copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.

El plazo será de un mes, a contar desde la última de las publicaciones.

Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a este Juzgado y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse.

Barcelona, 25 de junio de 2012.- El secretario judicial.

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