Está Vd. en

Documento BOE-B-2012-24042

MADRID

Publicado en:
«BOE» núm. 164, de 10 de julio de 2012, páginas 32452 a 32452 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-24042

TEXTO

Edicto

Doña María Jesús Plamero Sandín, Secretaria judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 6 de Madrid,

Anuncia

Que el procedimiento concursal número 105/2009 referente al concursado "Promociones Inmobiliarias Alvisa, S.A.", por auto de fecha 26 de junio de 2012 se ha acordado los siguiente:

1. No habiéndose aceptado por la Junta de acreedores no procede aprobar la propuesta de convenio de acreedores presentada por la concursada.

2. Declarar, de oficio, la apertura de la fase de liquidación de la concursada "Promociones Inmobiliarias Alvisa, S.A.".

3. Declarar la suspensión [caso de no haberse acordado anteriormente -en cuyo supuesto continuará la suspensión-] de las facultades de administración y disposición de la concursada sobre su patrimonio, con todos los efectos establecidos para ello en el Título III de la Ley Concursal.

4. Declarar el cese de los administradores sociales o liquidadores sociales, que serán sustituidos por la Administración concursal.

5. Declarar, además de lo señalado en el capítulo II del título III de la LC, de conformidad con el artículo 146 LC, el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquellos en otras prestaciones.

6. Ordenar la publicación por edictos de la apertura de la fase de liquidación, que se fijarán en el tablón de anuncios de este Juzgado; así como la publicación en el "Boletín Oficial del Estado", con carácter gratuito, en su caso, entréguense los despachos que no puedan hacerse telemáticamente al Procurador instante para que proceda su diligenciado y gestión, quien deberá aportar a este Juzgado las publicaciones a la mayor brevedad posible.

7. Ordenar la inscripción de la declaración de apertura de la liquidación en los Registros correspondientes; haciendo entrega a tal efecto al Procurador instante de los mandamientos pertinentes para su debida cumplimentación y diligenciamiento, quien deberá aportarlos a este Juzgado a la mayor brevedad posible.

8. Requerir a la administración concursal, conforme al artículo 148 LC, para que en el plazo de quince días, computados desde la notificación de esta resolución, presente un plan para la realización de bienes y derechos de la masa activa del concursado (original y diez (10) copias, en papel o en soporte cd formato word te emblistado).

9. Declarar la disolución de la sociedad (artículo 145 LCo).

Madrid, 26 de junio de 2012.- La Secretaria judicial.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid