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Documento BOE-B-2012-24037

CIUDAD REAL

Publicado en:
«BOE» núm. 164, de 10 de julio de 2012, páginas 32447 a 32447 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-24037

TEXTO

D. Rafael Villar Herrera, Secretario Judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 y de lo Mercantil de Ciudad Real, por el presente, hago saber:

1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º 83/12 y NIG n.º 13034 41 1 2012/0001518 se ha dictado en fecha cuatro de Julio de 2012 auto de declaración de concurso voluntario ordinario del deudor Construcciones Eloy Navas, S.A., con CIF: A-13048939 y domicilio en Ciudad Real, Polígono Industrial Larache, calle la Solana n.º 17-19, inscrita en el Registro Mercantil de Ciudad Real, en la hoja número CR-2.264, tomo 76, sección general del libro de Sociedades, folio 20, inscripción 1.ª

2.º Se ha acordado la mera intervención de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio, que seguirá ejerciendo el concursado, quedando sometido en el ejercicio de éste a la autorización o conformidad del Administrador Concursal designado.

3.º Se ha designado, como Administrador Concursal, a la mercantil "Crisis Concursal Management, S.L.P., con domicilio en Madrid Calle Infanta Mercedes, 111-1.º oficinas, CP.20280 y E-mail cenavas@crisismanagement.es, domicilios éstos que han sido señalados para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de sus créditos.

4.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

5.º La Administración Concursal, con una antelación mínima de diez días previos a la presentación del informe al juez, dirigirá comunicación electrónica a los acreedores de los que conste su dirección electrónica, informándoles del proyecto de inventario y de la lista de acreedores.

6.º A su vez éstos, conforme a lo previsto en el artículo 95.1 de la LC, podrán solicitar a la Administración Concursal, igualmente por medios electrónicos y hasta los tres días anteriores a la presentación del informe al Juez, que se rectifique cualquier error o que se complementen los datos comunicados (art. 95.1 L.C.).

7.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artículo 184.3 LC).

Ciudad Real, 4 de julio de 2012.- El Secretario Judicial.

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