Está Vd. en

Documento BOE-B-2012-23885

MADRID

Publicado en:
«BOE» núm. 163, de 9 de julio de 2012, páginas 32247 a 32247 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-23885

TEXTO

Doña Virginia Montejo Labrada, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 7 de Madrid,

Hago saber: Que con fecha 26 de junio de 2012 se ha dictado auto abriendo la fase de liquidación de la mercantil Emmedue Continental, S.L. concurso número 121/2011.

1. En el presente procedimiento concursal del concursado Emmedue Continental, S.L., se deja sin efecto la fase de convenio acordada por auto de 24 de abril de 2012 y se abre la fase de liquidación, convirtiéndose en este sentido el contenido de la Sección quinta. Consecuentemente queda sin efecto el señalamiento de la Junta de acreedores para el día 18 de julio de 2012.

2. Durante la fase de liquidación quedan en suspenso las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos en el Título III de la LC.

3. Se acuerda la disolución de la mercantil Emmedue Continental, S.L. y se declara el cese de los Administradores de la sociedad concursada que serán sustituidos por la administración concursal, sin perjuicio de continuar aquéllos en la representación de la concursada en el procedimiento y en los incidentes en los que sea parte. art. 145.3 de la LC.

4. Efectos sobre los créditos concursales. Además de los efectos establecidos en el capítulo II del título III de esta Ley, la apertura de la liquidación producirá el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones.

5. Dentro de los quince días siguientes al de notificación de la resolución de apertura de la fase de liquidación, la administración concursal presentará al Juez un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concurso que, siempre que sea factible, deberá contemplar la enajenación unitaria del conjunto de los establecimientos, explotaciones y cualesquiera otras unidades productivas de bienes y servicios del concursado o alguno de ellos.

Madrid, 26 de junio de 2012.- El Secretario.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid