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Documento BOE-B-2012-23310

Resolución de la Dirección General de Incentivos Agroindustriales y Energía de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía sobre Autorización Administrativa de la instalación de producción de energía eléctrica en régimen especial (Cogeneración) de 1 MW, ubicada en término municipal de Valdivia (Badajoz), expediente GE-M/77/11.

Publicado en:
«BOE» núm. 158, de 3 de julio de 2012, páginas 31442 a 31444 (3 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Extremadura
Referencia:
BOE-B-2012-23310

TEXTO

Visto el expediente instruido en esta Dirección General a petición de Juárez y Millas, S.A., con C.I.F.: A-45010543 y con domicilio social en Carretera de la Estación, s/n, 45529 Yuncler (Toledo), en relación a la solicitud de autorización administrativa de la instalación de referencia, se exponen los siguientes

Antecedentes de hecho:

Primero.- Con fecha de registro de entrada en el Gobierno de Extremadura de 13 de junio de 2011, don Gregorio Juárez Sardinero, en nombre y representación de Futucer, S.L., solicitó autorización administrativa para la ampliación de 1 MW de potencia, de la instalación de producción de energía eléctrica en régimen especial (planta de cogeneración), sita en Carretera Nacional 430, km 120, Valdivia (Badajoz), expediente RE-011-BA; procediéndose por ello a la apertura del expediente administrativo con número GE-M/77/11.

Segundo.- Con fecha 13 de abril de 2012 finalizó el tramite de información pública de la solicitud de Autorización Administrativa y Autorización Ambiental Unificada de la instalación de referencia, no habiéndose recibido alegaciones durante el periodo de exposición.

Tercero.- Con fecha de 8 de junio de 2012 se emite resolución de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía por la que se formula la Autorización Ambiental Unificada de la citada instalación.

Cuarto.- Con fecha de 13 junio de 2012 fue completada la documentación necesaria para la obtención de la autorización administrativa de la instalación de referencia.

A estos antecedentes de hecho, les son de aplicación los siguientes:

Fundamentos de derecho:

Primero.- La Dirección General de Incentivos Agroindustriales y Energía, es el órgano competente para la autorización administrativa de instalaciones eléctricas, de conformidad con lo establecido en la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, y el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica; y en virtud del Decreto 209/2011, de 5 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía; vista la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, así como demás legislación aplicable.

Segundo.- Una vez analizada la documentación presentada y cumplidos los trámites reglamentarios establecidos en el Capítulo II, del Título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, así como lo dispuesto en la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, esta Dirección General resuelve:

Emitir la Autorización Administrativa, a favor de Juárez y Millas, S.A., de la instalación cuyas características principales son las que a continuación se indican:

Datos del proyecto

Promotor: Juárez y Millas, S.A., con sede social en Carretera de la estación, s/n, C.P. 45529 Yuncler (Toledo), C.I.F.: A-45010543.

Ubicación de la planta: La actividad se ubica en el polígono 20, parcela 5020 del término municipal de Valdivia (Badajoz). Las coordenadas de un punto céntrico de la zona de actuación en la parcela son las siguientes:

Coordenadas UTM-HUSO 30

X

Y

267185,75

4324889,22

Características de la ampliación:

- Un motor de gas natural de potencia mecánica 1.030 kW y 1.500 r.p.m.

- Generador trifásico de 1.000 kW potencia, 400 V, 50 Hz.

- Torre de refrigeración.

- Instalación de media tensión incluida en el edificio de cogeneración, formada por:

- Una cabina de protección del transformador de la nueva cogeneración con interruptor automático.

- Tres cabinas de transformadores de tensión e intensidad para la medida de la energía.

- Una cabina de seccionador con puesta a tierra.

- Transformador de potencia de 1.250 kVA, relación de transformación 20/0,4 kV.

- Tres cuadros de medida independientes para la actual planta de cogeneración (5.826 kWe), el consumo de fábrica y la nueva instalación (1.000 kWe).

La conexión a la red de distribución se realizará en 20 kV. en el actual centro de transformación situado en el edificio de cogeneración.

Finalidad de la instalación: Generación de energía eléctrica a partir de cogeneración para su cesión a la red de distribución eléctrica.

Presupuesto ampliación de la instalación: 314.200 euros.

Esta instalación no podrá entrar en funcionamiento mientras no cuente el peticionario de la misma con el Acta de Puesta en Servicio, previo cumplimiento de los trámites que se señalan en el artículo 132 del mencionado R.D. 1955/2000, de 1 de diciembre.

La presente Autorización se otorga sin perjuicio de terceros y dejando a salvo los derechos particulares, e independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia municipal, provincial u otros, necesarios para la realización de las obras de las instalaciones.

En el plazo de seis meses, a partir del otorgamiento de la presente autorización, deberá el peticionario o el titular de la misma, solicitar la autorización del proyecto de ejecución, produciéndose, en caso contrario, la caducidad del mismo, y todo ello de conformidad con el artículo 128.4 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimiento de autorización de instalaciones de energía eléctrica.

La presente resolución no pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía de acuerdo con lo establecido en el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 denNoviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la notificación de la presente resolución, de conformidad con el art. 115 de dicha norma legal.

En Mérida, 15 de junio de 2012.- El Director General de Incentivos Agroindustriales y Energía, Juan José Cardesa Cabrera.

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