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Documento BOE-B-2012-22747

MADRID

Publicado en:
«BOE» núm. 156, de 30 de junio de 2012, páginas 30704 a 30704 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-22747

TEXTO

Doña M.C. Sanz, Secetaria del Juzgado de lo Mercantil n.º 5 de los de Madrid,

Hago saber: Que en este Juzgado de lo Mercantil n.º 5 de los de Madrid, se sigue concurso voluntario n.º 879/08, de "Agencia Solymar Peninsular de Viajes, S.A.", en el que recayó auto de fecha 14 de junio de 2012, en cuya parte dispositiva constan los siguientes particulares:

Que debo aprobar y apruebo la rendición de cuentas final presentada por la administración concursal en el concurso de "Agencia Solymar Peninsular de Viajes, S.A.", y en consecuencia acuerdo la conclusión del presente procedimiento.

La aprobación o la desaprobación de las cuentas no prejuzga la procedencia o improcedencia de la acción de responsabilidad de los Administradores concursales. Se acuerda el cese de los miembros de la administración concursal.

Se acuerda el cese de los efectos de la declaración del concurso sobre las facultades de administración y disposición del deudor, así como los efectos que tal declaración produce en los contratos en los que es parte la entidad declarada en concursado y sobre los acreedores de la concursada.

Se dispone la extinción y cierre de su hoja de inscripción en los registros públicos que corresponda, a cuyo efecto se expedirá mandamiento conteniendo testimonio de la resolución firme.

El deudor queda responsable del pago de los créditos restantes, pudiendo iniciar ejecución singular los acreedores, salvo reapertura o declaración de nuevo concurso.

Madrid, 14 de junio de 2012.- La Secretaria Judicial.

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