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Documento BOE-B-2012-22738

GIRONA

Publicado en:
«BOE» núm. 156, de 30 de junio de 2012, páginas 30694 a 30694 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-22738

TEXTO

Don José Antonio Marquínez Beitia, Secretario Judicial del Juzgado Mercantil núm. 1 de Girona,

Hago saber: Que en el concurso voluntario abreviado n.º 242/2009, se ha acordado, mediante auto de fecha 1 de febrero de 2012, el archivo por inexistencias de bienes, únicamente respecto de la mercantil "Planxibus, S.L.", de conformidad con lo prevenido en el artículo 143 de la Ley Concursal, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva.

Dispongo: Declarar la conclusión del procedimiento concursal únicamente de la entidad mercantil "Planxibus, S.L.", con CIF B-17797275, quedando el deudor responsable del pago de los créditos restantes, pudiendo los acreedores iniciar ejecuciones singulares y cesando cualquier limitación de las facultades de administración y disposición del concursado.

En caso de la conclusión del concurso por inexistencia de bienes y derechos del deudor persona jurídica, procede acordar su extinción y el cierre de su hoja de inscripción en los registros públicos que corresponda, a cuyo efecto expídase por el Secretario Judicial de este Juzgado, mandamiento conteniendo testimonio de la resolución firme.

De conformidad con el artículo 177.3 de la LC, a la presente resolución se le dara la misma publicidad prevista en el artículo 23.1, párrafo 2.º, y en el artículo 24 de la LC.

Así por este su auto, lo acuerda, manda y firma Hugo Novales Bilbao, Magistrado títular de este Juzgado núm. 1 de Girona.

Contra la presente resolución no cabe recurso judicial alguno.

Seguidamente se notifica a las partes la presente resolución. Doy fe.

Y para que sirva de publicidad a los efectos prevenidos en el artículo 144, en relación con los artículos 23 y 24 de la Ley Concursal, expido el presente.

Girona, 12 de junio de 2012.- El Secretario Judicial.

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