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Documento BOE-B-2012-22140

LANGREO

Publicado en:
«BOE» núm. 152, de 26 de junio de 2012, páginas 29906 a 29907 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2012-22140

TEXTO

Edicto

Doña Patricia Crespo Arce, Secretario Judicial del Juzgado Primera Instancia e Instrucción número 3 de Langreo,

En el procedimiento de referencia, juicio de divorcio contencioso 781/10, se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

Sentencia núm. 66/11.

En Langreo, a dieciocho de mayo de dos mil once.

Visto por mí, doña Olga Vara García, los presentes autos de juicio verbal número 781/10, promovido por doña María Argentina Guix Notario, que asistió al acto del juicio representado por la Procuradora Sra. Suárez Andréu y defendida por el Letrado Sr. Carrera, contra don Hicham Azzam Erahali, quien fue declarado en situación de rebeldía procesal.

Fallo

Estimo la demanda presentada por la Procuradora Señora Suárez Andréu, en nombre y representación de doña María Argentina Guix Notario contra don Hicham Azzam Erahali; y en consecuencia acuerdo:

1. Declarar el divorcio de los cónyuges María Argentina Guix Notario y Hicham Azzam Erahali.

2. Acordar que la guarda y custodia de las hijas menores del matrimonio se atribuya a la madre, sin reconocer el régimen de visitas a favor del padre.

3. Acordar que don Hicham Azzam Errahali deberá abonar en concepto de pensión de alimentos el 30% de sus ingresos mensuales.

4. Los gastos extraordinarios serán asumidos por mitad entre ambos cónyuges.

Sin expreso pronunciamiento en costas

Firme que sea la presente resolución dedúzcase testimonio de la misma y remítase al Registro Civil de a fin de que se proceda a anotarla al margen de la inscripción de los cónyuges.

La presente sentencia no es firme y contra la misma cabe recurso de apelación ante la Ilustrísima Audiencia Provincial de Asturias, que habrá de interponerse en el plazo de los cinco días siguientes a su notificación y prepararse ante este mismo Juzgado conforme a lo dispuesto en los artículos 457 y siguientes de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil.

Notifíquese la presente sentencia a las partes y al Ministerio Fiscal.

Líbrese y únase certificación de esta resolución a las actuaciones, incluyéndose la original en el Libro de sentencias.

Lo pronuncia, manda y firma doña Olga Vara García, Juez titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número tres de Langreo.

Y como consecuencia del ignorado paradero de Hicham Azzam Erahali, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación, haciendo constar que la precedente sentencia será anotada por nota marginal en el Registro Civil de Calamocha donde se encuentra anotado el matrimonio.

Langreo, 1 de junio de 2012.- La Secretaria Judicial.

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