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Edicto.
El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Málaga, anuncia:
Que el procedimiento concursal número Apertura Sección 1066.05/2007, referente al concursado don Antonio Gavira Rosado, con DNI 25.586.688-Q, por auto de fecha 28 de mayo de 2012, se ha acordado lo siguiente:
1. Dejar sin efeco la fase de convenio acordada por auto de 20 de febrero de 2012, por no haberse presentado ninguna propuesta.
2. Dejar sin efecto, consecuentemente, el señalamiento de la Junta de acreedores para el día 4 de junio de 2012, a las trece horas.
3. Abrir, de oficio, la fase de liquidación, conforme a lo ordenado en los artículos 114.3 y 143.1 de la LC.
4. Durante la fase de liquidación quedan en suspenso las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos en el Título III de la LC.
5. Al ser el concursado persona natural, la presente resolución producirá, en su caso, los efectos del artículo 145.2 de la Ley concursal.
6. Además de los efectos establecidos en el capítulo II del Titulo III de la Ley Concursal, alapertura de la liquidación producirá el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones.
7. En el plazo de quince días, computados desde la notificación de esta resolución, la administración concursal presentará un plan para la realización del los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado, conforme a lo dispuesto en el artículo 48 de la LC.
Málaga, 1 de junio de 2012.- El Secretario judicial.
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