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Documento BOE-B-2012-20759

BILBAO

Publicado en:
«BOE» núm. 144, de 16 de junio de 2012, páginas 27998 a 27998 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-20759

TEXTO

Edicto.

El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Bilbao (Bizkaia), en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:

Que en el procedimiento número 440/2012, por auto de 31/05/12 se ha declarado en concurso voluntario al deudor R.M. Autonivelantes, S.L., con NIF B95572640, con domicilio en calle Beurko Viejo, n.º 2, pab. 23 - 48902 Barakaldo. Simultáneamente se ha procedido a concluirlo por insuficiencia de masa.

La parte dispositiva del citado auto definitivo con n.º 258/12 dice literalmente como sigue:

Parte dispositiva

1.- Debo declarar y declaro el concurso voluntario de R.M. Autonivelantes, S.L., representado por la Procuradora de los Tribunales doña María Leceta Bilbao, y simultáneamente concluirlo por insuficiencia de masa.

2.- Publíquese la declaración de concurso y su conclusión en extracto por medio de edictos en el Boletín Oficial del Estado, en el tablón de anuncios de este Juzgado y en el Registro Público Concursal. La publicación en el BOE tendrá carácter gratuito por insuficiencia de bienes y derechos del concursado. A tal efecto colóquese el edicto informativo en el tablón de anuncios de este Juzgado y líbrese oficio al director del Boletín Oficial del Estado. Si no fuera posible la publicidad y remisión de oficios vía telemática, informática y electrónica, entréguense al procurador del solicitante del concurso los mandamientos y los oficios acordados, autorizándole a realizar cuantas gestiones sean necesarias para una pronta tramitación de los mismos, quien deberá remitirlos de inmediato a los medios de publicidad correspondientes.

3.- Se acuerda la extinción de la persona jurídica deudora, procediendo el cierre de su hoja de inscripción en el Registro Mercantil a cuyo efecto se expedirá mandamiento al citado Registro.

4.- Remítase al Ministerio Fiscal testimonio de esta resolución, copia del inventario con valor 0 euros, y de la lista de acreedores, por si los hechos pudieran ser constitutivos de un delito de insolvencia punible.

Bilbao, 31 de mayo de 2012.- El/la Secretario Judicial.

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