Está Vd. en

Documento BOE-B-2012-20163

GIRONA

Publicado en:
«BOE» núm. 140, de 12 de junio de 2012, páginas 27196 a 27196 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-20163

TEXTO

Don José Antonio Marquínez Beitia, Secretario Judicial del Juzgado Mercantil número 1 de Girona,

Hago saber: Que en el concurso voluntario abreviado número 703/2011, se ha acordado, mediante auto de esta fecha, la admisión a trámite del concurso de la entidad mercantil " M.G. 2003 Camar, S.L.", con domicilio en Avenida Libertad, número 4, bajos, de la localidad de Palamós (Girona), y con CIF número B-17773367, siendo designado como Administrador concursal el economista don José Camero Espinosa.

Por el presente se procede al llamamiento a los acreedores para que pongan en conocimiento de la administración concursal la existencia de los créditos contra el concursado, dentro de quince días a contar desde la última de las publicaciones, comunicación que deberá verificarse por escrito, que se presentará ante el Juzgado referido, firmado por el acreedor, interesado o representante, expresando nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, concepto, cuantía, fecha de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, acompañándose los originales o copias auténticas, del título o documentos relativos al título.

Habiéndose presentado la solicitud del presente concurso en 2011, la comunicación de crédito deberá presentarse ante este Juzgado, con domicilio en Ronda Ferran Puig, n.º 29, bajos, de Girona, y no al domicilio del Administrador concursal, toda vez que la Ley 38/2011, de reforma de la Ley 22/2003, Concursal, en su disposición transitoria cuarta dispone que, entre otros, el articulo 85.2 modificado por la misma, se aplicará a los concursos en tramitación a la fecha de su entrada en vigor en fecha 1 de enero de 2012, no siendo por tanto aplicable al presente supuesto por haberse iniciado su tramitación con posterioridad.

El deudor conserva las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención de los administradores concursales, mediante su autorización o conformidad.

En cumplimiento del Real Decreto 3/2009, de 27 de marzo, en relación con la disposición transitoria segunda la publicidad en el Boletín Oficial del Estado será gratuita para el auto de declaración de concurso, de conformidad a la nueva redacción dada al artículo 23.1 de la Ley Concursal.

Y para que sirva de publicidad a los efectos prevenidos en los artículos 6 y 23 de la Ley Concursal, expido el presente.

En Girona, 12 de abril de 2012.- El Secretario Judicial.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid