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Documento BOE-B-2012-20090

Anuncio de subasta notarial ante el Notario de Mataró, Alvar-Josep Espinosa i Brinkmann.

Publicado en:
«BOE» núm. 139, de 11 de junio de 2012, páginas 27114 a 27114 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - A. Anuncios de licitaciones públicas y adjudicaciones
Departamento:
Otros Poderes Adjudicadores
Referencia:
BOE-B-2012-20090

TEXTO

Yo, Alvar-Josep Espinosa i Brinkmann, Notario del Ilustre Colegio de Cataluña, con residencia en Mataró, hago saber:

Que en mi notaría y ante mí se tramita venta extrajudicial, bajo el número DOS/2011 de expediente provisional, conforme al art. 129 de la Ley Hipotecaria, de la siguiente finca hipotecada:

Urbana. Departamento quince. Vivienda en el piso cuarto, puerta segunda, de la casa sita en esta ciudad de Mataró, vecindario de Cerdanyola, calle de Rosellón, número sesenta y nueve, hoy número setenta y nueve. Superficie: 69 m2. Cuota: 3'60 por ciento.

Registro Mataró 1, tomo 3095, libro 114 de Mataró-1, folio 170, finca número 7731, ins. 11.ª

Las bases de la subasta son las siguientes:

1.-La subasta tendrá lugar en mi notaría, sita en Mataró, calle La Rambla, número 40, planta 1.ª, puerta C, el próximo jueves, día 19 de julio de 2012, a las dieciséis cuarenta y cinco horas, al tipo del precio tasado, que es la cantidad de 120.300,00 euros.

2.-Para tomar parte en la subasta los postores deberán consignar una cantidad equivalente al 30 por ciento del tipo, debiendo presentar el resguardo de haber efectuado el depósito en la cuenta bancaria y en la forma que se les indicará en la notaría antes citada.

3.-La documentación y la certificación registral a que se refieren los artículos 236-a y 236-b del Reglamento Hipotecario están de manifiesto en la notaría de lunes a viernes, de las diez a las trece horas, entendiéndose que todo licitador por el solo hecho de participar en la subasta, admite y acepta como bastante la titulación existente, y que las cargas o gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del actor continuarán subsistentes, quedando subrogado en la responsabilidad derivada de aquéllos, si el remate se adjudicare a su favor.

4.-La subasta se efectuará en la forma en que determina el y se regirá por lo dispuesto en el artículo 12 del Real Decreto-Ley 6/2012, de 9 de marzo, de medidas urgentes de protección de deudores hipotecarios, y en lo que no fuera incompatible por el artículo 236 del Reglamento Hipotecario.

Mataró, 6 de junio de 2012.- Notario, Alvar-Josep Espinosa i Brinkmann.

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