Está Vd. en

Documento BOE-B-2012-19657

Resolución de 26 de abril de 2012, la Delegación Provincial en Granada, de la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia, por la que se autoriza administrativamente, se aprueba el proyecto de ejecución de instalaciones, y se reconoce, en concreto, la utilidad pública del proyecto denominado "Reformado al Proyecto Antena de suministro de gas en MPB a Santa Fe", en los términos municipales de Granada y Santa Fe. Expediente DGC 35/07.

Publicado en:
«BOE» núm. 136, de 7 de junio de 2012, páginas 26569 a 26574 (6 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Andalucía
Referencia:
BOE-B-2012-19657

TEXTO

Antecedentes de hecho:

Primero. Con fecha de entrada en esta Delegación Provincial de 15/03/2005, don Jesús Parra Carvajal, en nombre y representación de Gas Natural Andalucía, S.A., con CIF A-41225889, y domicilio a efectos de notificaciones en el Polígono Industrial Pineda, Ctra. N-IV, calle E, parcela 4, 41012 Sevilla, solicitó de esta Delegación Provincial autorización administrativa, aprobación del proyecto de ejecución de instalaciones y reconocimiento, en concreto de la utilidad pública, para proyecto denominado "Antena de suministro de gas natural en MPB a Santa Fe (Granada)", el cual fue sometido a trámite de información pública.

Segundo. Con fecha 27 de marzo de 2009 la Delegación Provincial de Medio Ambiente de Granada emitió la correspondiente Declaración de Impacto Ambiental (DIA) Viable del Proyecto "Antena de Suministro de gas natural en MPB a Santa Fe (Granada)", siendo publicada en el BOP n.º 79, de fecha 28/4/2009.

Tercero. Con fecha de entrada en esta Delegación Provincial de 14 de septiembre de 2010, D. Jesús Parra Carvajal, en nombre y representación de Gas Natural Andalucía, S.A., con CIF A-41225889 y domicilio a efectos de notificaciones en el Polígono Industrial Pineda, Ctra. N-IV, calle E, parcela 4, 41012. Sevilla, ante la necesidad de modificar el trazado del proyecto denominado "Antena de Suministro de gas natural en MPB a Santa Fe (Granada)", solicitó de ésta Delegación Provincial autorización administrativa, aprobación del proyecto de ejecución de instalaciones y reconocimiento, en concreto de la utilidad pública, para el proyecto "Reformado al Proyecto Antena de suministro de gas en MPB a Santa Fe" en los términos municipales de Santa Fe y Granada.

Cuarto. En escritos de fecha de 7 de octubre de 2010 se remitió separatas y se recabó informes de los siguientes organismos afectados: Excmo. Ayuntamiento de Granada, Excmo. Ayuntamiento Santa Fe, Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente de Granada, Servicio de Carreteras de la Delegación Provincial de la Consejería de Obras Públicas y Transporte de Granada, actualmente denominada Consejería de Obras Públicas y Vivienda, Agencia Andaluza del Agua y del Servicio de Carreteras del Ministerio de Fomento.

Los Organismos mencionados, en unos casos, contestaron dando su conformidad a las instalaciones y a la declaración de utilidad pública, emitiendo al mismo tiempo los condicionados oportunos que fueron aceptados por la empresa peticionaria y en otros, no se obtiene respuesta, entendiéndose la conformidad a la instalación según artículo 80, del Real Decreto 1434/2002.

Quinto. Con fecha 13 de octubre de 2010, ante el cambio de trazado mencionado, el titular presenta en la Delegación Provincial de Medio Ambiente de Granada, modificación del proyecto inicial mediante el proyecto denominado "Reformado al Proyecto Antena de suministro de gas a Santa Fe", en los términos municipales de Santa Fe y Granada, solicitando la consideración como modificación no sustancial del mismo.

Por parte de dicha Delegación Provincial, se emite Resolución de fecha 25 de octubre de 2010 por la que se considera no sustancial la modificación propuesta mediante el proyecto denominado "Reformado al Proyecto Antena de suministro de gas en MPB a Santa Fe" en los términos municipales de Santa Fe y Granada, quedando dicho proyecto sujeto a los condicionados establecidos en la Declaración de Impacto Ambiental de la Delegación Provincial de Medio Ambiente de Granada de fecha 27 de marzo de 2009.

Sexto. La descripción y características de las instalaciones principales a ejecutar, genéricamente descritas, son las siguientes:

Trazado: Inicio en el t.m. de Granada, próximo a la posición L-07 de ENAGAS, del gasoducto Granada-Motril, continua por la parcela contigua al camino de servicio de la margen derecha del río Genil, a la altura del cruce de la A-92G, cruza el río y la autovía, continua hasta el cruce con la futura 2ª circunvalación de Granada, prosiguiendo por camino público municipal hasta llegar a zona urbana, terminando en el cruce del camino de San Juan con la calle Mariana Pineda del término municipal de Santa Fe (Granada).

Material: PE100 sdr 17.6 DN 200 e 11.4 mm.

Longitud: 3.288 metros.

Caudal: 2.100 Nm3/h

Presupuesto: Doscientos dieciséis mil quinientos sesenta y cinco euros, con diecinueve céntimos (216.565,19 €).

Séptimo. El expediente fue sometido a trámite de información pública mediante la publicación del correspondiente anuncio en el BOP n.º 29, de fecha 11/2/2011; BOJA n.º 24, de fecha 4/2/2011; BOE n.º 29, de fecha 4/2/2011; en los periódicos "Granada Hoy", en fecha 28/1/2011 y en el "Diario Ideal" en fecha 30/1/2011, así como mediante su exposición en el tablón de anuncios del Excmo. Ayuntamientos de Granada y Excmo. Ayuntamiento de Santa Fe.

Octavo. Durante el periodo de información pública presentaron alegaciones los siguientes interesados:

- Don José López Lucena, en el que manifiesta ser heredero de don Antonio López Peralta, propietario de la finca GR-GR-1 y GR-GR-1PO, y solicita que la canalización discurra por el camino adyacente al río Genil o en su caso lo más pegada posible al camino.

Gas Natural Andalucía, S.A. manifiesta que el proceso de definición del trazado de un gasoducto no es aleatorio, sino que intervienen multiplicidad de factores de orden técnico, económico, ambiental y jurídico; el trazado ha de ser lineal en la medida de lo posible, por lo que resulta inviable que se ajuste a los distintos camino, cañadas o linderos de todas las fincas de forma que ninguna se vea afectada por la canalización. En este caso concreto, el trazado ya discurre por la linde más próxima al río Genil, minimizando así la afección en la finca del alegante. A mayor abundamiento, se significa que el trazado en este punto se encuentra condicionado por las limitaciones que establece la Agencia Andaluza del Agua por el paralelismo con el río Genil.

- Doña Lucía Fernández Parra y doña Guillermina Fernández Parra, manifiestan ser herederas de doña María Parra Ortega, propietaria de la finca GR-SF-1, en el que indican las infraestructuras existente en la finca para que se tengan en cuenta para la buena ejecución de la instalación de gas.

Gas Natural Andalucía, S.A. manifiesta que todas las infraestructuras que se vean afectadas durante la ejecución de la obra (vallado, tubería de riego), serán restituidas a su estado original una vez terminen las mismas, sin perjuicio del abono del justiprecio de todos los bienes y derechos afectados con motivo de la instalación del gasoducto.

Fundamentos de derecho:

Primero. En la tramitación del expediente se han cumplido los trámites reglamentarios previstos en la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos, el RD 1434/2002, de 27 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimiento de autorizaciones de gas natural, la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificado parcialmente por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Segundo. De conformidad con los Reales Decretos 1091/1981, de 24 de abril y 4164/1982, de 29 de diciembre, por los que se transfieren competencias a la Junta de Andalucía en materia de Industria, Energía y Minas, así como el Decreto del Presidente de la Junta de Andalucía 14/2010, de 22 de marzo, sobre reestructuración de las Consejerías y el Decreto 134/2010, de 22 de marzo, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia y considerando que éstas instalaciones afectaran a la provincia de Granada, en los términos municipales de Granada y Santa Fe, ésta Delegación en base a lo establecido en la Resolución de 28 de enero de 2004, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas y en la Orden de 24 de junio de 2010, por la que se delegan competencias en órganos directivos de la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia en materia de expropiación forzosa, resuelve:

Primero. Otorgar autorización administrativa, aprobar el proyecto de ejecución y declarar, en concreto, la utilidad pública solicitada por Gas Natural Andalucía, S.A., correspondiente al proyecto denominado "Reformado al Proyecto Antena de suministro de Gas en MPB a Santa Fe", en los términos municipales de Santa Fe y Granada, realizado por don Antonio Ceña Toribio, colegiado n.º 1.382 del Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Andalucía Oriental, visado por dicho colegio con fecha 08/09/2010 y n.º EGR1001266, en la provincia de Granada. Exp. n.º DGC 35/07, lo que lleva implícito la necesidad de ocupación de los bienes y adquisición de los derechos e implica la urgente ocupación a los efectos del artículo 105 de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos, y el artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa de 16 de diciembre de 1954, con arreglo a las siguientes condiciones.

Segundo. La empresa constituirá en el plazo de dos meses, a partir de la fecha de notificación de ésta Resolución, una fianza por valor de 4.331,30 euros, en la Caja General de Depósitos de la Delegación Provincial de Hacienda y Administración Pública de la Junta de Andalucía, en Granada, a disposición de ésta Delegación Provincial de Economía, Innovación y Ciencia, correspondiente al 2% del presupuesto de ejecución que figura en el expediente, conforme a lo dispuesto en el art. 82 del RD 1434/2002, de 27 de diciembre. Una vez formalizada el acta de puesta en servicio de la instalación, el interesado podrá solicitar su devolución, justificando el cumplimiento de sus obligaciones derivadas de la autorización.

Tercero. En todo momento deberá cumplirse cuanto se establece en el RD 1434/2002, de 27 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de gas natural.

Cuarto. El levantamiento de actas previas a la ocupación se deberá realizar en un plazo no superior a 6 meses contados a partir de esta Resolución, pudiéndose conceder una ampliación de dicho plazo, si las circunstancias lo aconsejan, mediante motivación clara de las circunstancias concurrentes o por causas imputables a la administración.

Quinto. Se establece un plazo de ejecución de la obra de 18 meses a partir del levantamiento del acta previa a la ocupación de los bienes afectados.

Sexto. El inicio de la obra se deberá realizar en un plazo no superior a 6 meses contado a partir del levantamiento del acta previa a la ocupación de los bienes afectados. La empresa queda obligada a comunicar a ésta Delegación Provincial la fecha de inicio de las obras.

Séptimo. El incumplimiento de los plazos previstos supondrá la cancelación de la presente autorización.

Octavo. La presente autorización se concede con independencia de las competencias que correspondan a otras Administraciones, de acuerdo con el Artículo 6 de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Artículo 75.2, del RD 1434/2002, de 23 de diciembre, y en ningún caso se concederá con derechos exclusivos de uso conforme a lo previsto en el Artículo 73.4 de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, según redacción dada en el RD Ley 5/2005, de 11 de marzo.

Noveno. A la finalización de las obras la empresa queda obligada a solicitar de ésta Delegación Provincial, la puesta en servicio de las instalaciones, acompañada de la documentación siguiente:

a) Certificado final de obra, firmado por técnico competente y visado por el Colegio Oficial correspondiente, en el que conste que la construcción y montaje de las instalaciones se ha efectuado de acuerdo con lo previsto en el proyecto presentado y los reglamentos, normas y especificaciones aplicados en el mismo.

b) Certificado final de las entidades o empresas encargadas de la supervisión y control del montaje de las instalaciones, en el que se haga constar el resultado satisfactorio de las inspecciones definitivas, así como los ensayos y pruebas realizadas según lo previsto en las normas y códigos aplicados en el proyecto.

c) Hoja de comunicación de datos al Registro Industrial.

Décimo. Acordar la iniciación del procedimiento de expropiación que regula el artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa de 16 de diciembre de 1954 y Reglamento de desarrollo, respecto a los bienes y derechos afectados por el proyecto antes citado y que se concretan en la expropiación del pleno dominio e imposición de las servidumbres que se describen en la relación de afectados que se une como Anexo a la presente resolución.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer potestativamente recurso de reposición ante el Excmo. Sr. Consejero de Economía, Innovación y Ciencia, en el plazo de un mes, de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y siguientes de la Ley 30/1192, de 26 de noviembre o Recurso Contencioso-Administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo de Granada del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa.

Relación concreta e individualizada de bienes y derechos.

"Reformado al Proyecto antena de suministro de gas en MPB a Santa Fe", en los términos municipales de Santa Fe y Granada.

Término municipal de Granada

Abreviaturas utilizadas: SE: m² –Expropiación en dominio; SP: m.l. -Servidumbre de paso; OT: m² -Ocupación temporal; Pol: Poligono; PAR: Parcela

Finca

Titular – Dirección – Código Postal – Población.

SE

SP

OT

POL

PAR

Naturaleza

GR-GR-1

Herederos de Antonio López Peralta.

C/ Callejón del Ángel, 3 Pl:7. PT: C. 18006. Granada.

Jose Manuel López Lucena. Plaza Bib-Rambla, nº 6, 3º.18001. Granada.

0

211

1180

1

48

Arboles de ribera

GR-GR-1PÒ

Herederos de, Antonio López Peralta.

C/ Callejón. Ángel, 3 Pl:7. PT: C. 18006 Granada.

Jose Manuel López Lucena. Plaza Bib-Rambla, nº 6, 3º.18001. Granada.

1

0

0

1

48

Arboles de ribera

GR-GR-2

Antonio Martínez Hita.

Plaza Gran Capitán 4. 18002. Granada.

0

147

620

2

23

Labor Regadío

GR-GR-2PO

Antonio Martínez Hita.

Plaza Gran Capitán 4. 18002. Granada.

1

0

0

2

23

Labor Regadío

GR-GR-3

M. Isabel Peso Huertas y Alejandra Rodríguez del Castillo Peso.

C/ Acera del Darro, 64. PL:1 PT:B. 18005. Granada.

0

163

815

2

22

Labor Regadío

GR-GR-4

Mercedes Alguacil Rojas.

Av. De Madrid 1 PL:6 PT: Izq. 18012. Granada.

0

156

824

2

21

Agrario

GR-GR-5

Jose Mario Cambil Valdivieso. C/ Cortijo Las Angustias 14 PT. 1.

18190. Granada.

0

105

541

2

37

Labor Regadío

GR-GR-6

Herederos de Manuel Ros Fernández.

C/ Quevedo, 14. 18320. Santa Fé (Granada).

0

354

1830

2

42

Labor Regadío

GR-GR-6PO

Herederos de Manuel Ros Fernández.

C/ Quevedo, 14. 18320. Santa Fé (Granada).

1

0

0

2

42

Labor Regadío

GR-GR-7

Jose Gerardo Carmona Arenas.

C/ Castillo, 2. PL:1 PT: A. 18320 Santa Fé (Granada)

0

28

168

2

48

Labor Regadío

GR-GR-8

Antonio Ramos Fernández.

San Juan de Dios, 49 PL: 4. 18001. Granada.

Manuel Ramos Fernández.

San Juan de Dios, 49 PL: 5. 18001. Granada.

0

62

333

2

49

Arboles de Ribera

GR-GR-9

Jose Gerardo Carmona Arenas.

C/ Castillo, 2. PL:1 PT: A. 18320. Santa Fé. Granada.

0

83

415

2

50

Labor Regadío

GR-GR-10

Manuel Rios Radial y Antonia Tamayo Lozano.

Cr. Bailén-Motril,143. 18630. Otura (Granada).

0

137

685

2

55

Labor Riego

GR-GR-11

Manuel Rojas García Creus.

C/ Gran Vía, 29 PL: 2. PT: Iz. 18001. Granada.

0

67

335

2

56

Labor Riego

GR-GR-12

Manuel Rojas García Creus.

C/ Gran Vía, 29 PL: 2. PT: Iz. 18001. Granada.

0

265

1229

2

68

Arboles de Ribera

GR-GR-12PO

Manuel Rojas García Creus.

C/ Gran Vía, 29 PL: 2. PT: Iz. 18001. Granada.

1

0

0

2

68

Arboles de Ribera

GR-GR-12PO2

Manuel Rojas García Creus.

C/ Gran Vía, 29 PL: 2. PT: Iz. 18001. Granada.

1

0

0

2

68

Arboles de Ribera

GR-GR-13

Aurora Muñoz Morillas y Sebastián Muñoz Morillas.

Cmno. San Juan, Hermita San Luis.18015.Granada.

0

305

1525

2

62

Frutal Riego

Término municipal de Santa Fe

Abreviaturas utilizadas: SE: m² –Expropiación en dominio; SP: m.l. -Servidumbre de paso; OT: m² -Ocupación temporal; Pol: Poligono; PAR: Parcela

Finca

Titular – Dirección – Población – Código Postal

SE

SP

OT

POL

PAR

Naturaleza

GR-SF-1

(Herederos de Maria Parra Ortega)

Guillermina Fernández Parra.

C/ Cura Morelos nº 1, 5º Izq. 18320. Santa Fé (Granada)

Lucia Fernández Parra.

C/Victoria nº 38. 3º 2. 29012. Malaga.

0

138

690

5

29

Labor Regadío

GR-SF-2

Juan Aparicio Jiménez.

C/ Poeta Zorrilla. 18320. Santa Fé (Granada).

0

65

361

5

25

Labor Regadío

Granada, 26 de abril de 2012.- El Consejero de Economía, Innovación y Ciencia. P.D., el Delegado Provincial, Orden de 24 de junio de 2010 (BOJA núm. 139, de 16/7/2010). Fdo.: Antonio Argüelles Peña.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid