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Documento BOE-B-2012-19190

GIRONA

Publicado en:
«BOE» núm. 134, de 5 de junio de 2012, páginas 25956 a 25957 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-19190

TEXTO

Edicto

Don José Antonio Marquínez Beitia, Secretario Judicial del Juzgado Mercantil del n.º 1 de Girona,

Hago saber: Que en el Concurso Voluntario Abreviado n.º 414/2011 de la entidad mercantil The Body Clinic, S.L.U., con núm. de CIF B-17.713.777, se ha acordado mediante auto de esta fecha declarar finalizada la fase común y la apertura de la liquidación a instancia de parte de conformidad con lo prevenido en el artículo 144 de la Ley Concursal el cual es del tenor literal siguiente:

Parte Dispositiva

Acuerdo: declarar finalizada la fase común del presente procedimiento concursal de la entidad mercantil The Body Clinic, S.L.U., provista de CIF B-17.713.777 y abrir la fase de liquidación, formándose la sección quinta, la cual se encabezará con testimonio de esta resolución.

Durante la fase de liquidación se mantiene en suspenso las facultades de administración y disposición de la entidad concursada sobre su patrimonio acordada mediante el Auto de declaración de Concurso, con todos los efectos establecidos en el Título III de la Ley Concursal. Asimismo, se declara la disolución y el cese de los administradores o liquidadores, que serán sustituidos por la administración concursal para proceder de conformidad con lo establecido en esta Ley.

Anúnciese por edictos la apertura de la fase de liquidación, que se fijarán en el tablón de anuncios de este Juzgado y se publicarán en el Boletín Oficial del Estado.

Inscríbase, asimismo, en los Registros correspondientes la apertura de la fase de liquidación, librándose los oportunos mandamientos al Registro Mercantil de Girona haciéndole saber del cierre de la fase común y la apertura de la fase de liquidación de la entidad mercantil The Body Clinic, S.L.U., provista de CIF B-17.713.777, inscrita al tomo 1.839, folio 89, hoja núm. GI-30.820 y haciéndole saber la disolución y el cese de los administradores o liquidadores, que serán sustituidos por la Administración Concursal.

Entréguese en debida forma a la procuradora Sra. Esther Sirvent Carbonell, el oficio y mandamiento por duplicado, para la práctica inmediata de la anotación acordada.

En el plazo de 15 días computados desde la notificación de esta resolución, la administración concursal presentará un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado, conforme a lo dispuesto en el artículo 148 de la Ley Concursal.

Fórmese la sección sexta de calificación del concurso, que se encabezará con testimonio de esta resolución y del auto de declaración de concurso.

Se concede el plazo de 10 días, de conformidad con el artículo 168 de la LC, en relación con el artículo 191 de la misma, a fin de que cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo pueda personarse en la presente sección alegando por escrito considere relevante para la calificación del concurso.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de cinco días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 197.2 de la Ley concursal y 451, 452 de la LEC).

Así lo manda y firma el Magistrado Juez del Juzgado Mercantil 1 Girona; de lo que doy fe.

El Magistrado-Juez.- El Secretario Judicial.

Y para que sirva de publicidad a los efectos prevenidos en el artículo 144, en relación con los arts. 23 y 24 de la Ley Concursal, expido el presente en

Girona, 11 de mayo de 2012.- El Secretario Judicial.

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