Está Vd. en

Documento BOE-B-2012-18469

Anuncio de la notaría de D. Carlos María García Campuzano de subasta extrajudicial de una finca.

Publicado en:
«BOE» núm. 129, de 30 de mayo de 2012, páginas 25028 a 25029 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - A. Anuncios de licitaciones públicas y adjudicaciones
Departamento:
Otros Poderes Adjudicadores
Referencia:
BOE-B-2012-18469

TEXTO

Yo, Carlos María García Campuzano, Notario del Ilustre Colegio de Sevilla, con residencia en Bollullos Par del Condado,

Hago saber: Que en mi notaría, sita en Bollullos Par del Condado (Huelva), en la calle Antonio González "El Raya", número 3, se tramita venta extrajudicial (número provisional de expediente 3/2012), conforme al artículo 129 de la Ley Hipotecaria y preceptos concordantes de su Reglamento, de la siguiente finca hipotecada:

Urbana.- Departamento número cuarenta y uno.- Está compuesto por la vivienda dúplex, señalada como Tipo A-7), con acceso propio e independiente, a través de un espacio libre peatonal y, en parte rodado, que comunica las calles Castilla y Guadalquivir, aún sin numero de gobierno del propio conjunto, la cual forma parte de un conjunto urbano ubicado entre las calles Castilla, La Paloma y Guadalquivir, sin número de gobierno, en el casco urbano de la ciudad de Bollullos del Condado (Huelva). Se compone de dos plantas, comunicadas entre si, por una escalera interior, con una superficie útil entre ambas plantas de noventa y cuatro metros y noventa y cinco decímetros cuadrados y, construida de ciento nueve metros y setenta y nueve decímetros cuadrados. Se compone en planta baja de: zaguán, vestíbulo, salón-comedor, distribuidor, cocina, aseo, patio descubierto y escalera de subida a la planta alta y, en ésta, distribuidor, tres dormitorios y cuarto de baño. Considerando su frente o fachada el espacio libre peatonal del propio conjunto, a través del cual toma su acceso, linda por la derecha entrando, con la vivienda dúplex, tipo A-8); por la izquierda, con La vivienda dúplex, tipo A-6); y, por el fondo, con propiedad de Don Francisco Valderas Fernández, Don Lucas Iglesias Guerrero y otros.

A esta vivienda, se le asignan dos cuotas de participación: Una, en el conjunto urbano del que forma parte, de dos enteros y cuatrocientas veintitrés diezmilésimas por ciento, y otra, en la zona del conjunto donde se ubica, de cinco enteros y nueve mil cuatrocientas treinta y tres diezmilésimas por ciento.

Inscripción.- Inscrita en el Registro de la Propiedad de Almonte, al Tomo 1.834, libro 245 de Bollullos del Condado, folio 82, finca número 15.451, inscripción 3.ª La citada hipoteca fue objeto de la inscripción 4ª.

Tipo base de subasta.- Ciento setenta y cinco mil seiscientos sesenta y cuatro euros (175.664,00 €).

Procediendo la subasta de la citada finca, se hace saber que tendrán lugar en mi notaría y se convocan todas ellas en los siguientes términos:

La primera subasta será el día cinco de julio de dos mil doce, a las once horas, siendo el tipo el que consta a continuación de su descripción.

De no haber postor o si resultare fallida, la segunda subasta será el día seis de agosto de dos mil doce, a las once horas, cuyo tipo será el setenta y cinco por ciento del de la primera subasta.

En los mismos casos, si procede la tercera subasta será el día seis de septiembre de dos mil doce, a las once horas, sin sujeción a tipo.

La documentación y certificación del Registro a que se refieren los artículos 236a) y 236b) del Reglamento Hipotecario pueden consultarse en la notaría de lunes a viernes de 10 a 13,30 horas. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación aportada. Las cargas, gravámenes y asientos anteriores a la hipoteca que se ejecute continuarán subsistentes. Los licitadores deberán consignar previamente a la subasta, en la Notaría, una cantidad equivalente al treinta por ciento del tipo que corresponda en la primera y segunda subasta y en la tercera un veinte por ciento del tipo de la segunda, mediante cheque bancario nominativo a favor del notario.

Podrán hacerse posturas por escrito en pliego cerrado, acompañando el justificante del depósito previo, hasta el momento de la subasta. Sólo la adjudicación a favor del acreedor requirente o el remate a favor del mismo o de un acreedor posterior podrá hacerse a calidad de ceder a un tercero.

En Bollullos Par del Condado, 10 de mayo de 2012.- El Notario, D. Carlos María García Campuzano.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid