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Documento BOE-B-2012-17790

SANTA CRUZ DE TENERIFE

Publicado en:
«BOE» núm. 126, de 26 de mayo de 2012, páginas 24060 a 24060 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-17790

TEXTO

Don Cristo Jonay Pérez Riverol, Secretario del Juzgado Mercantil número uno de los de Santa Cruz de Tenerife.

Hago saber: Que en el procedimiento concursal 56/09, de la entidad Tenerife Fusión, Sociedad Limitada, se ha dictado Sentencia el 10 de mayo de 2012, por la Magistrada-Juez de Adscripción Territorial doña María de la Paloma Álvarez Ambrosio, cuyos puntos principales del fallo, son del tenor literal siguiente:

"......... Fallo: Se Aprueba el convenio presentado por Tenerife Fusión, Sociedad Limitada de fecha 22 de noviembre de 2011, aprobado en la junta de acreedores celebrada el 26 de marzo de 2012, cesando los efecto de la declaración de concurso. La concursada informará al Juzgado con periodicidad semestral de su cumplimiento una vez se comiencen a realizar los pagos... Se acuerda el cese de la Administración Concursal en sus funciones de intervención de las facultades de administración y disposición de la entidad concursada, debiendo presentar rendición de cuentas en el plazo de dos meses desde la firmeza de esta resolución, sin perjuicio de conservar plena legitimación para continuar los incidentes en curso y para actuar en la sección sexta hasta que recaiga sentencia firme... Fórmese la sección sexta o de calificación, que se encabezará con testimonio de la solicitud de concurso, de los documentos acompañados con la solicitud y los requeridos con posterioridad, con testimonio del auto de declaración de concurso y testimonio de esta sentencia. Se abre el plazo de diez días para que cualquier acreedor o persona que acredite interés legitimo pueda personarse alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable ….. Dese a esta resolución la publicidad prevista en los artículos 23 y 24 de la Ley Concursal.. Líbrese mandamiento al Registro Mercantil para su inscripción y demás efectos relativos a la limitación de sus facultades y al cese de los administradores concursales... Líbrese mandamiento a los Registros Públicos en los que figuren inscritos los bienes titularidad de la concursada a fin de que se anoten la finalización de la intervención de las facultades de administración y de disposición sobre los bienes y derechos que integran Ia masa activa y el cese de la Administración concursal... Notifíquese esta sentencia a los interesados haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación en el plazo de veinte días ….. ".

Y para que sirva de notificación a todos los interesados-acreedores, mediante su fijación en el tablón de anuncios de este Juzgado y su publicación gratuita, en el "Boletín Oficial del Estado" y periódico-diario "El Día" (de conformidad con la nueva redacción recogida en el Real Decreto Ley 3/2009 del 27 de marzo), extiendo y firmo la presente.

Santa Cruz de Tenerife, 14 de mayo de 2012.- El Secretario judicial.

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