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Documento BOE-B-2012-17750

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

Publicado en:
«BOE» núm. 126, de 26 de mayo de 2012, páginas 24018 a 24018 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-17750

TEXTO

Edicto

Doña María Victoria Basanta Eiras, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Las Palmas de Gran Canaria,

Por el presente se hace saber: Que en el procedimiento concursal 0000019/2012, seguido a instancias del Procurador/a D. Antonio Jaime Enríquez Sánchez, en nombre y representación de Arquitectura Efímera, S.L., se ha dictado Auto el día 3 de mayo de 2012, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:

Se declara el concurso de Arquitectura Efímera, con CIF, n.º B-76014018, el que se tramitará por el procedimiento abreviado.

A los efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de voluntario.

Conforme prevé el art. 23 de la Ley Concursal el presente edicto se insertará en el Registro Público Concursal y, en tanto se produce la reglamentación de dicho órgano, se publicará en el Boletín Oficial del Estado.

Se designan como Administrador del concurso a: Don Miguel Ángel Alonso Paradela, Economista, con despacho profesional en la calle Armas, n.º 9, 2.º piso, oficina 1, Las Palmas de Gran Canaria, 35001. Tel. 928 331 983, fax 928 365 869, e-mail: miguel.angel.alonso@adgnabogados.com

En cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio, se acuerda la intervención.

Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del Auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el art. 23 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal en el domicilio designado por la Administración Concursal y en la forma prevista en el art. 85 de la mentada Ley.

Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC).

Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el art. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente Edicto.

Las Palmas de Gran Canaria, 15 de mayo de 2012.- Secretaria Judicial.

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