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Documento BOE-B-2012-17421

Anuncio de la notaría de don Ángel Delgado Fernández de Heredia, Notario de Quintanar del Rey (Cuenca), sobre subasta notarial.

Publicado en:
«BOE» núm. 123, de 23 de mayo de 2012, páginas 23605 a 23606 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - A. Anuncios de licitaciones públicas y adjudicaciones
Departamento:
Otros Poderes Adjudicadores
Referencia:
BOE-B-2012-17421

TEXTO

Yo, Ángel Delgado Fernández de Heredia, Notario del Ilustre Colegio de Castilla-La Mancha, con residencia en Quintanar del Rey, hago constar:

1.- Que en esta Notaría de mi cargo, se tramita Acta de Ejecución Hipotecaria Extrajudicial prevista en el artículo 129 de la Ley Hipotecaria, seguida por Banco Español de Crédito, S.A., sobre la siguiente finca urbana: Urbana: Casa sita en el término municipal de Quintanar del Rey, en la calle Monteagudo, numero cincuenta y uno. El solar tiene una superficie de doscientos treinta y siete metros cuadrados (237 m²); la casa de dos plantas (baja y primera). Tiene una superficie construida de ciento sesenta y seis metros cuadrados (166 m²), a razón de cien metros cuadrados (100 m²) en planta baja, y sesenta y seis metros cuadrados (66 m²) en planta primera. Linda: Por la derecha, entrando, Josefa Gazulla Tevar; Izquierda, Maria Josefa Perez Muñoz; y Fondo, calle Ave Maria; inscrita en el Registro de la Propiedad de Motilla del Palancar, al tomo 1173, libro 104, folio 179, finca 11.909.

2.- La fecha prevista para la única subasta es el día 28 de junio de 2012, a las once horas. La subasta se celebrará en esta Notaría, sita en Avenida Cuenca, número 8, bajo, 16220 de Quintanar del Rey.

3.- El tipo que servirá de base es el de ciento cuarenta y cinco mil novecientos sesenta euros (145.960,00 euros).

No obstante si se presentaran posturas por un importe igual o superior al 70 por cien del valor por el que el bien hubiera salido a subasta, se entenderá adjudicada la finca a quien presente mejor postura.

Cuando la mejor postura presentada fuera inferior al 70 por cien del tipo señalado para la subasta, podrá el deudor presentar, en el plazo de diez días, tercero que mejore la postura, ofreciendo cantidad superior al 70 por cien del valor de tasación o que, aun inferior a dicho importe, resulte suficiente para lograr la completa satisfacción del derecho del ejecutante.

Trascurrido el expresado plazo sin que el deudor del bien realice lo previsto en el párrafo anterior, el acreedor podrá pedir dentro del término de cinco días la adjudicación de la finca o fincas por importe igual o superior al 60 por cien del valor de tasación.

Si el acreedor no hiciese uso de la mencionada facultad se entenderá adjudicada la finca a quien haya presentado mejor postura, siempre que la cantidad que haya ofrecido supere el 50 por cien del valor de tasación o, siendo inferior, cubra, al menos, la cantidad reclamada por todos los conceptos.

Si en el caso de la subasta no hubiere ningún postor, podrá el acreedor, en el plazo de veinte días, pedir la adjudicación por importe igual o superior al 60 por cien del valor de tasación.

Si el acreedor no hiciese uso de la facultad a que se refiere el parrafo anterior, se estará a lo previsto en el articulo 236 n del Reglamento Hipotecario.

4.- La documentación y la certificación del Registro de la Propiedad a que se refieren los artículos 236.a) y 236.b) del Reglamento Hipotecario pueden consultarse en esta notaría.

Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación. Las cargas, gravámenes y asientos anteriores a la hipoteca que se ejecuta continuarán subsistentes.

Quintanar del Rey, 8 de mayo de 2012.- El Notario.

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