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Documento BOE-B-2012-1661

PONTEVEDRA

Publicado en:
«BOE» núm. 16, de 19 de enero de 2012, páginas 2212 a 2212 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-1661

TEXTO

Edicto

Dº José Luis Gutiérrez Martín, Secretario Judicial del Juzgado Mercantil número 1 de Pontevedra, por el presente, hago saber:

1º.- Que en los autos seguidos en este Juzgado con el número Sección I Declaración Concurso 192/2011 se ha dictado a instancias de Federico Moreno Izquierdo, en fecha treinta de diciembre de dos mil once, Auto de Declaración de Concurso Voluntario Abreviado del deudor Federico Moreno Izquierdo, con Documento Nacional de Identidad 2188463-J y domicilio en calle Río Umia, 9- A Caeira- Poio.

2º.-Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que serán intervenidas por la administración que se designe al efecto, mediante su autorización o intervención.

3º.-Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá presentarse ante este Juzgado en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite respresentación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto,cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (articulo 184.3 Ley Concursal).

Pontevedra, 30 de diciembre de 2011.- El Secretario Judicial.

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