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Documento BOE-B-2012-16246

VALENCIA

Publicado en:
«BOE» núm. 117, de 16 de mayo de 2012, páginas 21971 a 21971 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-16246

TEXTO

Doña Neus Sabater Ventura, Secretaria judicial del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia,

Por el presente, hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores número 892/10 de la mercantil "Arenillas & Calvet, S.L.", con CIF B-97254577, habiéndose dictado en fecha 8 de marzo de 2012, por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia, auto con el siguiente tenor literal:

"Parte dispositiva.

Se decreta la conclusión del concurso y el archivo de las presentes actuaciones sin más trámite por no existir ni bienes ni derechos del concursado ni de terceros responsables con los que satisfacer a los acreedores actuaciones. Contra la presente resolución no cabe recurso alguno.

Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor.

Se acuerda disponer el cese del administrador concursal don Miguel Ángel Díaz Herrera, revocando las autorizaciones otorgadas en el procedimiento concursal, previo cumplimiento de la rendición de cuentas y aprobación, en su caso, de las mismas.

Dése a la presente resolución la oportuna publicidad en los términos de los artículos 23 y 24 de la LC, expidiéndose los oportunos edictos y mandamientos. Despachos que serán entregados para su diligenciamiento a la Procuradora de los Tribunales doña Sara Gil Furio.

Así mismo ha lugar a declarar la extinción de la mercantil "Arenillas & Calvet, S.L.", inscrita en el Registro Mercantil de Valencia al tomo 7320, folio 64, hoja V-86397, con domicilio social en la avenida Alameda, número 25, de Xativa (Valencia), y CIF número B-97254577, procediendo en su caso al cierre de la hoja de inscripción en los Registros Públicos que corresponda, a cuyo efecto expídase mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Valencia, ya que contra la presente resolución no cabe recurso alguno (artículo 177 de la LC), y tiene carácter de firme.

Se hace constar que en la Sección Sexta del presente concurso se declaró como fortuito en fecha 12 de diciembre de 2011.

Notifíquese la presente resolución a la Administración concursal al concursado y a los acreedores personados en forma en el procedimiento, haciéndoles saber que contra la presente resolución no cabe recurso alguno (artículo 177.1 LC).

Así por este Auto, lo pronuncia, manda y firma el limo. Sr. don José María Cutillas Torns, Magistrado-Juez de este Juzgado. Doy fe."

Y para que sirva de notificación y a los efectos del artículo 177 de la LC, se expide el presente.

Valencia, 8 de marzo de 2012.-

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