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Documento BOE-B-2012-15824

GIRONA

Publicado en:
«BOE» núm. 114, de 12 de mayo de 2012, páginas 21392 a 21392 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-15824

TEXTO

Edicto de declaración de concurso.

Don José Antonio Marquínez Beitia, Secretario judicial del Juzgado Mercantil número 1 de Girona, dicto el presente edicto al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado en este Juzgado:

Número de asunto: 188/12.

Fecha del auto de declaración: 12 de mayo de 2012.

Clase de concurso: Voluntario abreviado

Entidad concursada: "Promur Quatre, S.L."

CIF de la concursada: B-17857012.

Domicilio de la concursada: Girona.

Administrador concursal: Pere Buixeda Simón.

Dirección postal: Avenida Jaume I, número 37, 6.º, 1.ª, de Girona.

Dirección electrónica: concursal@ipsumae.com.

Régimen de las facultades del concursado: A la concursada mercantil le son intervenidas las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, y cesado su administrador quedando sustituido éste por la Administración concursal.

Llamamiento a los acreedores: Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la administración concursal a través de su dirección postal o electrónica antes señaladas la existencia de sus créditos desde el día siguiente de la fecha del auto de declaración del concurso hasta un máximo de un mes posterior a la fecha de la publicación del presente edicto en el "Boletín Oficial del Estado".

Personación en las actuaciones: Los acreedores pueden personarse mediante Abogado y Procurador. La personación se deberá realizar ante el Juzgado Mercantil número 1 de Girona (Ronda Ferran Puig, número 29, de Girona).

Asimismo, se hace saber que en el Auto de declaración de concurso se ha acordado la inmediata apertura de la fase de liquidación, ordenándose la disolución de la sociedad mercantil concursada y el cese de su Administrador, quedando sustituido éste por la Administración concursal.

Girona, 19 de abril de 2012.- El Secretario judicial.

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