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Documento BOE-B-2012-15821

GIRONA

Publicado en:
«BOE» núm. 114, de 12 de mayo de 2012, páginas 21387 a 21388 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-15821

TEXTO

Edicto

D. José Antonio Marquínez Beitia, Secretario Judicial del Juzgado Mercantil núm. 1 de Girona,

Hago saber: Que en el Concurso voluntario núm. 191/11, se ha acordado mediante Auto de esta fecha el cierre de la fase común y la apertura de la fase de liquidación, de conformidad con lo prevenido en el art. 143 de la Ley Concursal, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva

Acuerdo: declarar finalizada la fase común del presente procedimiento concursal de la entidad mercantil Construcciones Ángel Rabat, S.A., y abrir la fase de liquidación, formándose la sección quinta, la cual se encabezará con testimonio de esta resolución.

Durante la fase de liquidación quedarán en suspenso las facultades de administración y disposición de la entidad concursada sobre su patrimonio, con todos los efectos establecidos en el Título III de la Ley Concursal. Asimismo, se declara la disolución de la entidad concursada Construccions Ángel Rabat, S.A., y el cese de los administradores o liquidadores de la misma, que serán sustituidos por la administración concursal para proceder de conformidad con lo establecido en esta Ley.

Anúnciese por edictos la apertura de la fase de liquidación, que se fijarán en el tablón de anuncios de este Juzgado y se publicarán en el Boletín Oficial del Estado.

Inscríbase, asimismo, en los Registros correspondientes la apertura de la fase de liquidación, librándose los oportunos mandamientos al Registro Mercantil de Girona, haciéndole saber el cierre de la fase común y la apertura de la fase de liquidación de la entidad mercantil Construcción Ángel Rabat, S.A., inscrita en el tomo 386, folio51, hoja GI-7271 y al Registro de la Propiedad de Santa Coloma de Farners, finca registral núm. 2130, tomo 3118, libro 53 de Viladrau, folio 73.

Mandamientos que serán entregados a la procuradora Sra. Esther Sirvent, acreditándose su entrega en debida forma, para que cuide de su curso y diligenciamiento.

En el plazo de quince días computados desde la notificación de esta resolución, la administración concursal presentará un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado, conforme a lo dispuesto en el artículo 148 de la Ley Concursal.

Fórmese la Sección sexta de calificación del concurso, que se encabezará con testimonio de esta resolución y el auto de declaración de concurso.

Se concede el plazo de diez días, de conformidad con el art. 168 de la L.C. en relación con el art. 191 de la misma, a fin de que cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo pueda personarse en la presente sección alegando por escrito lo que considere relevante para la calificación del concurso.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de cinco días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 197.2 de la Ley Concursal y 451, 452 de la LEC).

Así lo manda y firma el Magistrado Juez del Juzgado Mercantil 1 Girona; de lo que doy fe.

El Magistrado Juez El Secretario Judicial

Y para que sirva de publicidad a los efectos prevenidos en el artículo 144, en relación con los arts. 23 y 24 de la Ley Concursal, expido el presente en

Girona, 2 de abril de 2012.- El Secretario Judicial.

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