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Documento BOE-B-2012-15369

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 111, de 9 de mayo de 2012, páginas 20797 a 20797 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-15369

TEXTO

Francisco Velasco García-Plata Secretario del Juzgado Mercantil núm. 5 de Barcelona, dicto el presente edicto:

Juzgado.- Mercantil núm. 5 de Barcelona, Gran Vía de les Corts Catalanes, 111 Edificio C, planta 12ª.

Número de Asunto.- Concurso Voluntario 214/2012 6

Tipo de Concurso.- Voluntario

Entidad Instante del Concurso y NIF: Portiz Montajes, S.L. NIF núm. B65477697

Fecha del Auto de Declaración.- 29 de marzo de 2012

Administradores concursales.- D. Bufet Miralbell Guerin, S.L.P. la cual designa al Sr. Don Josep Agustí Cortadellas Amenos con NIF núm. 36961773 con domicilio profesional en Gran Vía Corts Catalanes, 637, 2º piso de Barcelona, como economista, con correo electrónico:

ac-portiz@bufetmiralbell.com

Forma de personación.- Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de abogado y procurador

Llamamiento a los acreedores.- Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la administración concursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimientos, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito

El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.

Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a este Juzgado y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen el efecto sin necesidad de personarse.

Barcelona, 4 de abril de 2012.- El Secretario Judicial.

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