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Documento BOE-B-2012-14866

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 108, de 5 de mayo de 2012, páginas 20086 a 20086 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-14866

TEXTO

Secretario Judicial Don José Vela Pérez del Juzgado Mercantil 6 de Barcelona,

Hace saber: Que en los Autos que se siguen en este Juzgado con el numero 187/2012-A se ha declarado, mediante auto de fecha 10/04/2012, el concurso voluntario de Aplicacions Informatiques del Valles, Sociedad Anónima con NIF 58.424.854 y domicilio en calle Bruc, 19, de Sant Celoni, en el que se ha decretado la intervención de las facultades de administración y disposición de su patrimonio, que se tramitará por los cauces del procedimiento abreviado.

Los acreedores del concursado deberán comunicar sus créditos al administrador concursal designado en el auto de declaración del concurso que es la persona jurídica Eve Marca Sociedad Limitada Profesional quien ha designado como persona natural a Doña Marta Crespo Guijarro por medio de escrito que se presentará, personalmente, por vía postal en el domicilio del administrador concursal, sito en Paseo de Gracia 120, 2.º derecha, de Barcelona, o en la dirección electrónica designada por el administrador concursal mcg@eve.com.es en el plazo de un mes, a contar desde la publicación en el BOE del presente edicto.

El escrito deberá ir firmado por el acreedor, interesado o representante, expresando domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, concepto y cuantía, fecha de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretende. Si se invocare un privilegio especial se indicarán, además, los bienes y derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. Se deberán acompañar originales o copias autenticas del titulo o e los documentos relativos al crédito, o bien copia caso de que se haya optado por este medio de comunicación, Los acreedores tienen derecho a comparecer y `personarse en las actuaciones, designando abogado y procurador que les defienda y represente, salvo que pretendan exclusivamente comunicar sus créditos o asistir a juntas, debiendo efectuar en su caso la personación en el Servicio Común de los Juzgados Mercantiles.

Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en el Registro Público concursal.

Barcelona, 10 de abril de 2012.- El Secretario Judicial.

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