Doña Natalia Ramos Laín, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Barcelona,
Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 656/2011, en el que se ha dictado auto declarando en estado de concurso a las entidades Coperfiel Reale Estate Group, S.A. (Core Investment, S.A.), Logispark World, S.L.U. y Core Energy, S.L. y ordenado darle publicidad con los siguientes datos:
Número de Asunto: Concurso necesario 656/2011 Sección C2.
Entidades concursadas.- Coperfiel Reale Estate Group, S.A. (Core Investment, S.A.), con CIF núm. A-64746811, Logispark World, S.L.U. con CIF núm. B-65075665 y Core Energy, S.L. con CIF núm. B-64915291.
Tipo de concurso.- Necesario.
Fecha del auto de declaración.- 2 de abril de 2012.
Administradores concursales.- Don Manuel Roca de Togores Atienza (sociedad DELOITTE) con domicilio en Av. Diagonal, 654 de 08034 Barcelona, con correo electronico mrocadetogores@deloitte.es, n.º de teléfono 932804040 y n.º de fax 91 5145180.
Facultades de los concursados.- Suspendidas.
Forma de personación.- Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.
Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al art. 85 LC.- Los acreedores de la concursada deberán ponerlos en conocimiento de la Administración concursal, en el domicilio designado al efecto o remitirlos a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de entidad del acreedor, asi como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además de los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la Administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.
El plazo sera de un mes a contar desde la última de las publicaciones.
Examen de los autos.- Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes en que consten sus respectivos créditos, o bien hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto, sin necesidad de personarse.
Barcelona, 11 de abril de 2012.- Secretaria Judicial.
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