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Documento BOE-B-2012-14363

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 103, de 30 de abril de 2012, páginas 19430 a 19430 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-14363

TEXTO

Doña Ana Eisman Curto, Secretario/a Judicial en sustitución del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Barcelona,

Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 210/2012, en el que se ha dictado auto declarando en estado de concurso a la entidad T.C.I. Ingeniería, S.L.P., y ordenando darle publicidad con los siguientes datos:

Número de Asunto.- Concurso voluntario 210/2012 Sección C1.

NIG del Procedimiento.- 1062/2012.

Entidad Concursada.- T.C.I. Ingeniería, S.L.P., con CIF n.° B61197521.

Tipo de Concurso.- Voluntario.

Fecha del Auto de Declaración.- 26 de marzo de 2012.

Administrador/es Concursal/es.- Additio Group, S.L.P., y en su nombre y representación D/doña Montserrat Navarro Sánchez, con correo electrónico mnavarro@additiogroup.com, domicilio sito en Rbla. Catalunya, 57, 3.º, 08007 Barcelona (Barcelona) y n.° de teléfono 93/159-15-15.

Facultades del Concursado.- Intervenidas.

Forma de Personación.-Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.

Llamamiento a los Acreedores y Comunicación de Créditos Conforme al art. 85 LC.- Los acreedores de la concursada deberán ponerlos en conocimiento de la Administración concursal, en el domicilio designado al efecto o remitirlos a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la Administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.

El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.

Examen de los Autos.- Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes en que consten sus respectivos créditos, o bien hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto, sin necesidad de personarse.

Barcelona, 3 de abril de 2012.- La Secretaria Judicial.

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