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Documento BOE-B-2012-13512

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 98, de 24 de abril de 2012, páginas 18291 a 18291 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-13512

TEXTO

Edicto.

Secretario Judicial doña José Vela Pérez, del Juzgado Mercantil n.º 6 de Barcelona,

Hace saber: Que en los autos que se siguen en este Juzgado con el número 165/2012 se ha declarado, mediante auto de fecha 30/03/2012, el concurso de Construccions Francesc Vidal Sociedad Anónima, con CIF: A-08591075 y domicilio en Manresa, calle Doctor Ferrán, n.º 31, Pol. Ind. Bufalvent, en el que se ha decretado el mantenimiento de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, que se tramitará por los cauces del concurso.

Los acreedores del concursado deberán comunicar sus créditos al administrador concursal designado don Raimon Casanellas i Bassols (Insolnet Administradores Concursales, S.L.P.) por medio de escrito que se presentará, personalmente, por vía postal en el domicilio del administrador concursal, sito en Barcelona, Avenida Tarradellas, n.º 123, 5 b, número del teléfono 93 2720109, o en la dirección electrónica designada por el administrador concursal, fvidalcreditors@insolnet.es, en el plazo de un mes, a contar desde la publicación en el Boletín Oficial del Estado del presente edicto.

El escrito deberá ir firmado por el acreedor, interesado o representante, expresando domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, concepto y cuantía, fecha de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretende. Si se invocare un privilegio especial se indicarán, además, los bienes y derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. Se deberán acompañar originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito, o bien copia en forma electrónica caso de que se haya optado por este medio de comunicación. Los acreedores tienen derecho a comparecer y personarse en las actuaciones, designando abogado y procurador que les defienda y represente, salvo que pretendan exclusivamente comunicar sus créditos o asistir a juntas, debiendo en su caso la personación en el Servicio Común de los Juzgados Mercantiles.

Las resoluciones que traigan cauda del concurso se publicarán en el Registro Público Concursal.

En Barcelona, 30 de marzo de 2012.- El Secretario Judicial.

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