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Documento BOE-B-2012-13366

TARRAGONA

Publicado en:
«BOE» núm. 97, de 23 de abril de 2012, páginas 18098 a 18098 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-13366

TEXTO

El Secretario judicial del Juzgado Mercantil n.º 1 de Tarragona, por el presente hace saber:

Que en los autos de Concurso voluntario de D. Ricardo Avilés Pérez con NIF N.º X6466516C ), seguidos en este Juzgado con el n.º 343/2010, se ha dictado en fecha 7-3-12 auto de conclusión del concurso, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

"Debo declarar y declaro la conclusión del concurso de D. Ricardo Avilés Pérez, seguido en este Juzgado de lo Mercantil con el n.º 343/2010 a instancias de D. Ricardo Avilés Pérez y el archivo de las actuaciones por inexistencia de bienes y derechos del concursado ni de terceros responsables con los que satisfacer a los acreedores.

Se decreta el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor hasta ahora subsistentes, salvo las que, en su caso, se contengan en la sentencia firme de calificación, que en este caso no ha tenido lugar. Asimismo, se decreta el cese de la Administración Concursal.

No existe pronunciamiento sobre la rendición de cuentas, a la vista de las manifestaciones vertidas por la Administración concursal.

Hágase público, igualmente, el presente auto de conclusión y archivo por medio de edictos que se insertarán con la mayor urgencia en el Boletín Oficial del estado y en el tablón de anuncios de este Juzgado, con los requisitos establecidos en el artículo 21 de la Ley Concursal.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley Concursal, expídanse mandamiento por duplicado al Registro de la Propiedad n.º 2 de El Vendrell donde figuran inscritos los bienes y derechos del deudor para la cancelación de las anotaciones preventivas efectuadas en su día, librándose de oficio al gozar el concursado del beneficio de jusiticia gratuita.

Asimismo, remítase oficio al Juzgado Decano de El Vendrell.

Notifíquese la presente resolución mediante comunicación personal que acredite su recibo haciendo saber que contra la misma no cabe recurso alguno.

Así lo acuerda, manda y firma Doña Ainhoa Sagardia Peñagaricano, Magistrado Juez del Juzgado Mercantil 1 Tarragona. Doy fe".

Y en cumplimiento de lo acordado libro el presente. "

Tarragona, 7 de marzo de 2012.- El Secretario judicial.

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