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Documento BOE-B-2012-13339

CIUDAD REAL

Publicado en:
«BOE» núm. 97, de 23 de abril de 2012, páginas 18070 a 18070 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-13339

TEXTO

D. Rafael Villar Herrera, Secretario Judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 y de lo Mercantil de Ciudad Real, por el presente hago saber:

1º.- Que en los autos de concurso abreviado voluntario seguidos en este órgano judicial con el nº 442/11 se ha dictado en fecha 16 de abril de 2011 Auto de Declaración de Concurso Voluntario de la entidad deudora "Diseña Consultores Creativos, S.L." con CIF. nº B-13380019 y domicilio en Calle Calzada, nº 1-4º-A, de Puertollano (Ciudad Real), cuyo centro de intereses principales lo tiene en la citada localidad de Puertollano.

2º.- Que el deudor, junto a la solicitud inicial de declaración de concurso voluntario, ha solicitado su liquidación aportando el correspondiente plan de liquidación por lo que, al propio tiempo, se ha aperturado la fase de liquidación del concurso, dándose traslado a los acreedores para que, en el plazo de diez días desde la publicación del presente edicto, puedan realizar alegaciones al plan de liquidación presentado por la concursada.

3º.- Que, como consecuencia de la apertura de la fase de liquidación, el deudor ha sido suspendido en el ejercicio de las facultades de administración y disposición de su patrimonio, siendo sustituido por la administración concursal a tales efectos.

4º.- Que igualmente y como consecuencia de lo anterior se ha declarado la disolución de la entidad concursada "Diseña Consultores Creativos SL" cesando en su función su administrador único, que será sustituido por la administración concursal.

5º.- Se ha designado, como Administrador Concursal la mercantil "Algarra y Agüera, Sociedad Limitada Profesional", con CIF nº B-14933535, con domicilio en Avenida de América 15 C, 6º, 2 de Córdoba (cuyos administradores solidarios la componen D. Daniel Agüera Fernández, Letrado con nº de colegiado 2.715 de Córdoba y D. Carlos Algarra Álvarez, economista con el nº 800 del Colegio de economistas de Córdoba) y dirección electrónica danielagüera@agüerafuentes.com y carlosalgarra@ono.com domicilios que han sido señalados para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.

6º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar, conforme a lo previsto en el artículo 85 de la L.C., a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes, a partir de la fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

7º.- La Administración Concursal, con una antelación mínima de cinco días previos a la presentación del informe al juez, dirigirá comunicación electrónica a los acreedores de los que conste su dirección electrónica, informándoles del proyecto de inventario y de la lista de acreedores.

8º.- A su vez estos, conforme a lo previsto en el artículo 95.1 de la L.C., podrán solicitar a la Administración Concursal, igualmente por medios electrónicos y hasta los tres días anteriores a la presentación del informe al Juez, que se rectifique cualquier error o que se complementen los datos comunicados (art. 95.1 L.C.).

Ciudad Real, 16 de abril de 2012.- El Secretario Judicial.

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