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Documento BOE-B-2012-13304

Resolución de la Dirección General de Incentivos Agroindustriales y Energía, de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía, sobre modificación de la resolución de autorización administrativa de la instalación de producción de energía eléctrica en régimen especial fotovoltaica, ubicada en término municipal de Oliva de la Frontera (Badajoz), expediente GE-M/58/10.

Publicado en:
«BOE» núm. 96, de 21 de abril de 2012, páginas 18029 a 18031 (3 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Extremadura
Referencia:
BOE-B-2012-13304

TEXTO

Visto el expediente instruido en esta Dirección General a petición de Valsolar 2006, S.L., con domicilio en C/ Nevero, 18-19, Vial Interior, Polígono Industrial "El Nevero", 06006 Badajoz, relativo a la instalación de referencia, se exponen los siguientes:

Antecedentes de hecho

Primero.- Con fecha 15 de noviembre de 2010, se dictó resolución de la Dirección General de Ordenación Industrial y Política Energética, sobre autorización administrativa de la instalación de producción de energía eléctrica en régimen especial fotovoltaica, expediente GE-M/58/10, publicada en DOE n.º 248, de 28 de diciembre de 2010.

Segundo.- Con fecha 24 de febrero de 2012, finalizó el tramite de información pública del modificado de proyecto de la instalación de referencia, no habiéndose recibido alegaciones durante el periodo de exposición.

Tercero.- Con fecha 16 de marzo de 2012, D. Jorge del Rosal Pajuelo en representación de la entidad Valsolar 2006, S.L., presentó documentación adicional modificando el proyecto de la instalación. Analizada la documentación presentada, la Dirección General de Incentivos Agroindustriales y Energía, no considera importantes las modificaciones introducidas, considerando innecesario someter al trámite de información pública dichos cambios.

A estos antecedentes de hecho, les son de aplicación los siguientes:

Fundamentos de Derecho

Primero.- La Dirección General de Incentivos Agroindustriales y Energía, es el órgano competente para la autorización administrativa de instalaciones eléctricas, de conformidad con lo establecido en la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, y el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica; y en virtud del Decreto 209/2011, de 5 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía; vista la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, así como demás legislación aplicable.

Segundo.- Una vez analizada la documentación presentada y cumplidos los trámites reglamentarios establecidos en el Capítulo II, del Título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, así como lo dispuesto en la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, esta Dirección General

Resuelve: Modificar la resolución de fecha 15 de noviembre de 2010, por la que se otorgó autorización administrativa para la instalación de producción de energía eléctrica en régimen especial fotovoltaica, ubicada en el término municipal de Oliva de la Frontera (Badajoz), expediente GE-M/58/10, siendo las características finales de la instalación, incluidas modificaciones, las que a continuación de indican:

- Instalación solar fotovoltaica de 366 KW nominales. El campo generador de paneles fotovoltaicos (433,46 kWp) dispuestos sobre estructura fija en nave y marquesinas de sombreamiento. La instalación estará conectada con su correspondiente inversor de 500 kW, (limitado a 366 kW) de potencia. El inversor irá ubicado en edificio de mampostería situado bajo marquesina, y que alojará también el centro de transformación solicitado por la compañía. Además la instalación contará con sus correspondientes protecciones y equipos de medida.

- Instalaciones de enlace y conexión constituidas por:

·CT con capacidad para dos máquinas, con un único trasformador de 400 kVA y relación de transformación 288/20.000 V.

·Línea subterránea de evacuación de 20 kV de S/C en 3x(1x240) mm2 Al RHZ1 12/20 kV, con origen en Apoyo "CT Entronque Piscina" de la línea de MT 20 kV "Circunvalación Oliva" y final en el CT proyectado. La longitud aproximada de la canalización de la línea será de 80 m.

Promotor: Valsolar 2006, S.L., con sede social en Polígono Industrial "El Nevero", C/ Nevero, 18-19, Badajoz, C.I.F.: B-06474449.

Ubicación de la planta: "Recinto Ferial", C/ Caldas da Rainha, s/n, del término municipal de Oliva de la Frontera (Badajoz)

Finalidad de la instalación: Generación de energía eléctrica en régimen especial por generación fotovoltaica.

Presupuesto incluidas modificaciones: 515.635,24 €.

Esta instalación no podrá entrar en funcionamiento mientras no cuente el peticionario de la misma con el Acta de Puesta en Servicio, previo cumplimiento de los trámites que se señalan en el artículo 132 del mencionado R.D. 1955/2000, de 1 de diciembre.

La presente Autorización se otorga sin perjuicio de terceros y dejando a salvo los derechos particulares, e independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia municipal, provincial u otros, necesarios para la realización de las obras de las instalaciones.

En el plazo de seis meses, a partir del otorgamiento de la presente autorización, deberá el peticionario o el titular de la misma, solicitar la autorización del proyecto de ejecución, produciéndose, en caso contrario, la caducidad del mismo, y todo ello de conformidad con el artículo 128.4 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimiento de autorización de instalaciones de energía eléctrica.

La presente resolución no pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía de acuerdo con lo establecido en el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la notificación de la presente resolución, de conformidad con el art. 115 de dicha norma legal.

Mérida, 23 de marzo de 2012.- El Director General de Incentivos Agroindustriales y Energía, Juan José Cardesa Cabrera.

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