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Documento BOE-B-2012-12921

PONTEVEDRA

Publicado en:
«BOE» núm. 94, de 19 de abril de 2012, páginas 17438 a 17438 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-12921

TEXTO

Edicto

D. José Tronchoni Albert, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Pontevedra, por el presente hago saber:

1º.- Que en los autos seguidos en este Juzgado con el número Sección I Declaración de Concurso 22/2012 (nig 36038 47 1 2011/0000363) se ha dictado con fecha 1 de marzo de 2012 Auto de Declaración de Concurso del deudor Riego Tubos Armados, Sociedad Anónima, con cif número A36399103 e inscrita en el Registro Mercantil de Pontevedra al tomo y libro 2179, sección 8, hoja po-21960, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Lugar de Atios, s/n. Porriño.

2º.- Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que seguirá ejerciendo el deudor.

3º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada, en concreto a D.ª María Magdalena García Fernández, con DNI 03426459-B y con despacho provisional en calle Pontevedra, número 6 – 2º A, 36201 de Vigo, Teléfonos 986443452 y 639011995, y con email: magda.juan@arrakis.es, la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la ley concursal.

Dicha comunicación deberá presentarse en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias autenticas del título o de los documentos relativos a l crédito.

4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de letrado/a (artículo 184.3 Ley Concursal).

Pontevedra, 1 de marzo de 2012.- Secretario Judicial.

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